Decreto Ley8970·1933

OBRAS PUBLICAS. DESIGNACION DE PERSONAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/04/1933

Fecha de publicación

15/05/1933

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

En las obras públicas que se realicen por Administración o contrato, ya sea en los centros urbanos o en la campaña de los Departamentos, los obreros que se necesiten serán designados por sorteo, debiendo ser contraloreado éste por el Intendente Municipal y las Comisiones Departamentales que al efecto se designaron, cuando se trate de obras en las Capitales y por el Juez de Paz de la sección y dos vecinos de arraigo cuando se trate de obras en campaña.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese e insértese en el R. N.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 18 de abril de 1933Promulgación (8970)
  2. 15 de mayo de 1933Publicación (8970)