Decreto Ley8984·1933

INSTITUTO DE PESCA. DEPENDENCIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/04/1933

Fecha de publicación

20/05/1933

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Pase el Instituto Nacional de Pesca a depender de la Dirección de la Armada.

Artículo 2Artículo 2

La Contaduría General de la Nación liquidará a la Tesorería de la Dirección de la Armada el importe de las planillas correspondientes.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 24 de abril de 1933Promulgación (8984)
  2. 20 de mayo de 1933Publicación (8984)