Decreto Ley9011·1933

TRABAJADORES. LICENCIA. REGIMEN DE FERIADOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/04/1933

Fecha de publicación

20/05/1933

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que la fiesta del 25 de Agosto no está comprendida entre los feriados que se suprimen por decreto del 27 del corriente. (*)

Artículo 2Artículo 2

Declárase que el decreto a que se refiere el artículo precedente entrará en vigencia a partir del 10 de Mayo próximo.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 28 de abril de 1933Promulgación (9011)
  2. 20 de mayo de 1933Publicación (9011)