Decreto Ley9027·1933

JUEGOS DE AZAR. LICITACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/04/1933

Fecha de publicación

20/05/1933

Artículos (7)

Artículo 1Artículo 1

Llámase a licitación para el arrendamiento de la explotación del juego de quinielas, por el término de un año, a contar del día de la aceptación de la propuesta.

Artículo 2Artículo 2

Las propuestas para ser consideradas deberán mejorar la base de setecientos mil pesos ($ 700.00.00) líquidos por año, estableciéndose la obligación por parte del proponente de cumplir la reglamentación que para dicho juego deberá dictar el Consejo de Salud Pública.

Artículo 3Artículo 3

En caso de no sobrepasar la suma indicada o rechazarse la propuesta, se procederá en la forma establecida en los artículos 5° de la ley de Presupuesto del Consejo de Salud Pública.

Artículo 4Artículo 4

El pago se efectuará por trimestres adelantados en forma tal que siempre el adelanto sea efectivo por ese término a cuyo fin al terminar cada mes el interesado deberá completar el trimestre de adelanto con el aporte correspondiente a un mes. Los pagos se efectuarán en la Tesorería del Consejo de Salud Pública.

Artículo 5Artículo 5

La falta del estricto cumplimiento de los pagos en los términos establecidos o la violación de las cláusulas reglamentarias, dará lugar al cese inmediato de la autorización y a la aplicación severa de las medidas de represión establecidas.

Artículo 6Artículo 6

La propuestas serán presentadas al Consejo de Salud Pública y con su informe elevadas al Poder Ejecutivo.

Artículo 7Artículo 7

Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 29 de abril de 1933Promulgación (9027)
  2. 20 de mayo de 1933Publicación (9027)