Ley9065·1933

BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). DIRECTORIO. ORGANIZACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/07/1933

Fecha de publicación

8 de febrero de 1933

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica del Banco de la República (ley de 17 de Julio de 1911) y leyes de ampliación y reforma de la misma de fecha 28 de Octubre de 1926, 15 de Octubre de 1931, 20 de Enero de 1932 y 21 de Junio de 1932, que se refieren al número de votos requeridos para que el Directorio adopte resolución en determinados asuntos, quedan modificadas en el sentido de que en los casos en que se exigían tres votos conformes ahora se exigirán dos; en los que se exigían cuatro votos conformes, ahora se exigirán tres, y en los que se exigían cinco o seis votos conformes, ahora se exigirán cuatro.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 25 de julio de 1933Promulgación (9065)
  2. 2 de agosto de 1933Publicación (9065)