Artículo 1 — Artículo 1
Se consideran vacantes los cargos de miembros de la Asamblea Deliberante, siempre que las personas designadas por la Junta de Gobierno, no hayan aceptado su cargo expresa o tácitamente.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Se consideran vacantes los cargos de miembros de la Asamblea Deliberante, siempre que las personas designadas por la Junta de Gobierno, no hayan aceptado su cargo expresa o tácitamente.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.