Ley9113·1933

ENTES AUTONOMOS. CAJAS DE JUBILACIONES. GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. PRESUPUESTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/10/1933

Fecha de publicación

24/10/1933

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Prorróganse hasta el 31 del corriente los presupuestos vigentes al 30 del pasado mes de Setiembre de los Entes Autónomos, Cajas de Jubilaciones y Municipios, que han quedado sin presupuesto el 1° de Octubre.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 18 de octubre de 1933Promulgación (9113)
  2. 24 de octubre de 1933Publicación (9113)