Ley9115·1933

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. VIUDA DE RAFAEL V. SALGUERO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/10/1933

Fecha de publicación

24/10/1933

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese a la viuda del señor Rafael V. Salguero una pensión vitalicia e inembargable de mil ochocientos pesos ($ 1.800.00) anuales.

Artículo 2Artículo 2

Dicha pensión deja sin efecto la que pudiera corresponderle por la ley de Jubilaciones y Pensiones Civiles.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 18 de octubre de 1933Promulgación (9115)
  2. 24 de octubre de 1933Publicación (9115)