Ley9181·1934

VIALIDAD Y OBRAS PUBLICAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de febrero de 1934

Fecha de publicación

1 de setiembre de 1934

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Facúltase al Poder Ejecutivo para tomar de los recursos previstos por la ley de 19 de Octubre de 1928 para Vialidad e Hidrografía, las cantidades necesarias para cubrir el importe de las obras enumeradas en el artículo 23 de dicha ley, en el caso de que los rubros respectivos resulten insuficientes, una vez realizados los estudios y preparados los proyectos respectivos. EL Poder Ejecutivo dará cuenta detallada, en cada caso, del uso que haya hecho de la facultad que le acuerda esta ley.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 2 de enero de 1934Promulgación (9181)
  2. 9 de enero de 1934Publicación (9181)