Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado el día 6 de Enero.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
1 de marzo de 1934
Fecha de publicación
1 de mayo de 1934
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado el día 6 de Enero.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.