Artículo 1 — Artículo 1
Queda autorizada la Caja Autónoma de Amortización a seguir emitiendo obligaciones amortizables, en las condiciones de la ley de 15 de Julio de 1932, hasta el límite de un 5 % como adicional al autorizado por la citada ley.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Queda autorizada la Caja Autónoma de Amortización a seguir emitiendo obligaciones amortizables, en las condiciones de la ley de 15 de Julio de 1932, hasta el límite de un 5 % como adicional al autorizado por la citada ley.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.