Artículo 1 — Artículo 1
Autorizase a la Presidencia de la República a tributar a los restos del ex Presidente doctor don Claudio Williman, en el momento de su inhumación, los honores determinados por nuestro Código Militar para el Jefe del Estado.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Autorizase a la Presidencia de la República a tributar a los restos del ex Presidente doctor don Claudio Williman, en el momento de su inhumación, los honores determinados por nuestro Código Militar para el Jefe del Estado.
Artículo 2 — Artículo 2
Los gastos que demande la inhumación de esos restos serán costeados por el Tesoro Nacional.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.