Ley9270·1934

GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. PRESUPUESTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/02/1934

Fecha de publicación

27/02/1934

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el presupuesto proyectado por la Comisión Permanente respectiva para el Municipio de Artigas, a fin de que rija para el año 1934, con un monto de $ 192.148.33 por sueldos y gastos y de $ 214.012.00 por recursos, de acuerdo con las siguientes planillas: PLANILLA N.o 1 Junta Deliberante Sueldos: 1 Secretario $ 1.536.00 1 Auxiliar " 960.00 1 Taquígrafo (se suprime al vacar) " 750.00 1 Oficial de Sala (se suprime al vacar) " 750.00 1 Portero " 660.00 $ 4.656.00 Gastos: Alquiler de casa $ 420.00 De oficina, luz y limpieza " 240.00 Caja de Jubilaciones (8 % sobre sueldos) " 372.48 " 1.032.48 $ 5.688.48 PLANILLA N.o 2 Intendencia Municipal Secretaría - Sueldos: 1 Intendente $ 3.000.00 1 Secretario " 1.560.00 1 Prosecretario " 1.200.00 1 Portero " 660.00 1 Encargado del reloj " 240.00 1 Conductor del auto " 660.00 1 Peón limpieza " 540.00 Contaduría y Tesorería - 1 Contador $ 1.560.00 1 Subcontador " 1.020.00 1 Tesorero " 1.320.00 1 Jefe Sección Recaudación " 1.020.00 Mesa de entrada. 1 Encargado Archivero $ 740.00 Inspección Técnica Municipal - 1 Inspector técnico $ 3.600.00 1 Ayudante " 1.320.00 1 Auxiliar y Dibujante " 1.320.00 1 Portero " 540.00 3 Peones adscriptos a la Inspección Técnica a $ 540.00 c/u " 1.620.00 Inspección Municipal - 1 Jefe de Sección $ 900.00 2 Auxiliares 1.os a $ 840.00 cada uno " 1.680.00 3 Auxiliares 2.os a $ " 2.160.00 720.00 cada uno 2 Auxiliares 3.os a $ 540.00 cada uno " 1.030.00 Corralón Municipal - 1 Jefe $ 780.00 1 Carpintero " 720.00 1 Herrero " 720.00 1 Sereno " 600.00 4 Peones recolectores de basura a $ 540.00 cada uno " 2.160.00 1 Caballerizo " 540.00 1 Ayudante de herrería " 540.00 1 Conductor encargado autobomba " 600.00 Dirección de Abasto y Mercados (mataderos) - 1 Administrador $ 840.00 2 Conductores de transporte de carne (se suprime al vacar) a $: 576.00 cada uno " 1.152.00 1 Sereno " 540.00 4 Peones a $ 540.00 cada uno " 2.170.00 uno Mercado 1 Administrador $ 960.00 2 Peones a $ 540.00 cada uno " 1.080.00 Dirección de Parques y Jardines - 1 Director de Parques $ 1.080.00 4 Peones a $ 540.00 cada uno " 2.160.00 1 Jardinero plaza Artigas " 540.00 1 Idem plaza Batlle " 540.00 5 Guardianes a $ 540.00 cada uno " 2.700.00 Cementerio - 1 Encargado $ 576.00 2 Peones a $ 540.00 cada uno " 1.080.00 Usina Aguas Corrientes - 3 Motoristas a $ 600.00 cada uno $ 1.800.00 Reemplazos y licencias. - Para reemplazos y licencias $ 1.200.00 $ 52.818.00 Gastos: Extraordinarios $ 1.200.00 Banda de música " 4.000.00 Adquisiciones " 10.000.00 Alumbrado interno " 144.00 Alquiler casa Intendencia " 1.296.00 Idem, ídem, Inspección Técnica " 360.00 Idem, ídem Inspección Veterinaria " 216.00 Pasajes y fletes " 750.00 Limpieza domiciliaria y servicio de barométrica " 500.00 Alumbrado público " 14.443.20 Parques y jardines " 1.500.00 Arrendamientos de potreros " 360.00 Quebrantos Caja Tesorero " 72.00 Ideal, ídem Sección Recaudaciones " 48.00 Vialidad urbana " 14.000.00 Idem rural " 13.000.J0 Amortización e intereses préstamo Banco República " 11.367.26 Cuota Deuda Usina Eléctrica " 7.931.20 Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles (cuota anual) " 2.640.19 Caja de Jubilaciones (8 %) " 4.200.00 Ley Accidentes del Trabajo " 630.00 Deuda Municipal Obras Públicas 1932 $ 22.500.00 $ 111.157.85 $ 163.975.85 PLANILLA N.o 3 Comisión Vecinal de Cabellos Sueldos: 1 Encargado del molino y servicio de agua (se suprime al vacar) $ 540.00 1 Encargado del cementerio y limpieza $ 540.00 $ 1.080.00 Gastos: Para nafta y aceite $ 200.00 Para obras de vialidad " 1.000.00 " 1.200.00 " 2.280.00 PLANILLA N.o 4 Comisión Auxiliar de Tomás Gomensoro Sueldos: 1 Secretario y Comisario de Salubridad $ 840.00 1 Conserje Escribiente " 540.00 1 Peón de cementerio " 540.00 1 Peón caminero " 540.00 $ 2.460.00 Gastos: De oficina $ 150.00 Alumbrado público " 3.000.00 Alquiler de casa " 300.00 Extraordinarios y herramientas " 150.00 Vialidad urbana " 1.000.00 Idem rural " 2.000.00 $ 6.600.00 $ 9.060.00 PLANILLA N.o 5 Comisión Auxiliar de Bella Unión Sueldos: 1 Secretario Tesorero $ 960.00 1 Auxiliar " 600.00 1 Inspector Municipal " 600.00 1 Conserje Escribiente " 540.00 1 Guardabosque, encargado de cuadrillas " 540.00 1 Peón de cementerio " 540.00 $ 3.780.00 Gastos: De oficina $ 150.00 Alumbrado público " 3.750.00 Vialidad rural " 1.000.00 Idem urbana " 1.000.00 Banda de música " 960.00 Salubridad y recolección de basura " 360.00 Alquiler de casa Inspección " 144.00 $ 7.364.00 $ 11.144.00 $ 192.148.33 RECURSOS Contribución Inmobiliaria $ 60.637.40 Contribución Inmobiliaria 1 % " 22.080.00 Impuesto general municipal " 17.280.00 Patentes de rodados " 15.000.00 Piso y máquina " 1.750.00 Inspección Veterinaria " 400.00 Espectáculos públicos " 280.00 Proventos de cementerio " 600.00 Testimonio y certificados " 300.00 Solares y chacras vendidas " 1.200.00 Mercado municipal " 2.600.00 Multas municipales " 250.00 Transferencias de patentes " 100.00 Tornaguías " 400.00 Guías de ganados y mercaderías " 800.00 Empadronamiento de autos " 300.00 Chapas para autos " 160.00 Matrículas de chauffeur " 100.00 Empadronamiento y chapas de vehículos " 400.00 Derechos de rifas " 50.00 Servicio de barométrica " 360.00 Verificación de pesas y medidas " 1.000.00 Certificados rurales " 227.00 Cercar predios rurales " 8.50 Permisos de caza " 10.00 Matrícula de abastecedores " 11.00 Derechos de desagote " 14.00 Transporte de carne " 3.748.00 Timbre municipal de biblioteca y fomento " 1.682.00 Ingresos eventuales " 1.400.00 Contribución inmobiliaria municipal " 60.000.00 Deslinde del ejido " 8.00 Distintivos autos de alquiler " 7.00 Chassis, chapas de autos de alquiler " 200.00 Arena y tierra " 150.00 Intereses por concepto de pago de vereda, devengados hasta el 30 de Diciembre de 1932 " 8.500.00 Importe de las cuotas e intereses por el mismo concepto, correspondiente al año 1933 " 12.000.00 Total de recursos $ 214.012.00

Artículo 2Artículo 2

Apruébanse los artículos 3.o al 7.o inclusive, proyectados por la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Deliberante, cuyo texto es el siguiente: "Artículo 3.o Todas las partidas de gastos deberán ser documentadas, especificándose el detalle de las inversiones. Se exceptúa de esta disposición la partida asignada para gastos de representación y locomoción del Intendente. Artículo 4.o Los empleados que manejen fondos, deberán prestar fianza, de conformidad con la reglamentación que al respecto dicte la Intendencia Municipal. Artículo 5.o Exceptuando los cargos que expresamente se dispone en el artículo 1.o, que quedarán suprimidos al vacar, no se proveerán los demás sin la autorización expresa y fundada del Poder Ejecutivo. Artículo 6.o Los funcionarios que ocupen los cargos comprendidos en este presupuesto, tendrán carácter de amovibles durante los noventa días siguientes al de la promulgación de la presente ley. Si durante dicho plazo no se hiciera observación alguna respecto a sus aptitudes, honestidad y contracción al trabajo quedarán automáticamente confirmados en sus puestos con carácter de inamovibles. Aquellos funcionarios cuya conducta mereciera reparos justificados, serán declarados cesantes. Artículo 7.o La Tesorería, bajo responsabilidad, no hará efectivo ningún pago sin la previa intervención de la Contaduría, la que deberá indicar el rubro a que afecte la respectiva erogación. El Contador deberá observar ante la Intendencia toda orden de pago en contravención con la presente ley. Para el caso de que la Intendencia reitere la orden de pago observada, el Contador dará curso a la misma, dejando en ella la constancia pertinente, pero dando cuenta en el día, de los hechos producidos, al Ministerio del Interior".

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de febrero de 1934Promulgación (9270)
  2. 27 de febrero de 1934Publicación (9270)