Ley9273·1934

PODER JUDICIAL. PRESUPUESTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/02/1934

Fecha de publicación

3 de febrero de 1934

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el proyecto de presupuesto del Poder Judicial para el año 1934, formulado por la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Deliberante, con un monto de $ 1.232.962.00, de acuerdo con las siguientes planillas: SECCION C. PODER JUDICIAL PLANILLA N.o 142 Alta Corte de Justicia Sueldos - Personal de Magistratura: 5 Ministros a $ 10.800.00 cada uno $ 54.000.00 Personal de Oficina: 1 Primer Secretario (Letrado) " 5.400.00 1 Segundo Secretario (Letrado) " 4.500.00 1 Oficial 1.o " 3.840.00 1 Escribano de Actuación " 3.840.00 1 Escribano de Protocolos " 3.360.00 1 Escribano Adjunto de Actuación (Jefe de la Sección Archivo y Estadística) " 3.000.00 1 Oficial 2.o " 2.520.00 1 Oficial 3.o " 1.980.00 1 Traductor e Intérprete para la Administración de Justicia " 1.800.00 Defensores de Pobres: 7 Defensores de pobres en lo Civil y Criminal (Letrados) a $ 3.600.00 cada uno " 25.200.00 Personal de Servicio: 1 Intendente " 1.200.00 1 Conserje - chauffer " 900.00 3 Ordenanzas a $ 840.00 cada uno " 2.520.00 $ 130.260.00 Gastos - Alquileres " 5.400.00 A deducir: 10 % ley Agosto 6 de 1931 " 540.00 $ 4.860.00 Para visitas, representaciones y diligencias extraordinarias " 3.000.00 A deducir: 20 % ley de Enero 6 de 1933 " 600.00 " 2.400.00 Gastos de Administración de Justicia " 19.000.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 3.800.00 " 15.200.00 Gastos para los 18 Jueces de Paz que actúan de Feria en los Departamentos del interior a $ 240.00 cada uno " 4.320.00 A deducir: 20 % ley enero 5 de 1933 " 864.00 " 3.456.00 " 25.916.00 PLANILLA N.o 143 Oficina de Identificación y Estudios Médico.Legales Sueldos - Personal Técnico: 1 Médico Director y Asesor $ 4.800.00 1 Subdirector " 3.600.00 1 Encargado del Laboratorio (puesto técnico a ser desempeñado por un médico o farmacéutico especializado) " 1.800.00 Personal de Oficina: 1 Secretario del Director " 960.00 1 Oficial 1.o Encargado de la Sección Identificación (Registro de Procesados) " 2.160.00 1 Oficial 2.o Encargado de la Sección Reincidencias (Registro de Reincidencias) " 1.800.00 1 Encargado de la Sección Médico-Legal (Fotografía y Radiología) " 1.200.00 3 Auxiliares a $ 840.00 cada uno " 2.520.00 Personal de Servicio: 1 Ordenanza " 720.00 $ 19.560.00 Gastos: Gastos de Oficina, Biblioteca, Laboratorio y Locomoción " 1.200.00 A deducir: 20 o/o ley 5 de Enero de 1933 " 240.00 " 960.00 Total $ 20.520.00 PLANILLA N.o 144 Oficina de Tasación de Costas de 1.o y 2.o turnos Sueldos - Personal de Oficina: 2 Escribanos, Directores a $ 3.600.00 c/u $ 7.200.00 1 Escribano, Inspector de las planillas de costas de los Juzgados de Paz de la Capital, adscripto a la Oficina de 1.er turno " 3.000.00 2 Oficiales 1.os a $ 1.500.00 cada uno " 3.000.00 2 Oficiales 2.os a $ 1.200.00 cada uno " 2.400.00 4 Auxiliares a $ 720.00 c/u. " 2.880.00 $ 18.480.00 Gastos: Alquileres a $ 600.00 cada Oficina $ 1.200.00 A deducir: 10 o/o ley Agosto 6 de 1931 " 120.00 $ 1.080.00 De Oficina a $ 60.00 cada Oficina " 120.00 A deducir: 20 o/o ley 5 de Enero de 1933 " 24.00 " 96.00 " 1.176.00 Total $ 19.656.00 PLANILLA N.o 145 Tribunales de Apelaciones de 1.o y 2.o turnos Sueldos - Personal de Magistratura: 6 Ministros a $ 8.550.00 cada uno $ 51.300.00 Personal de Oficina: 2 Secretarios a $ 4.200.00 cada uno " 8.400.00 1 Escribano de Actuación (se suprime al vacar) " 3.600.00 2 Oficiales 1.os a $ 2.400.00 cada uno " 4.800.00 2 Oficiales 2.os a $ 1.800.00 cada uno " 3.600.00 2 Jefes Encargados del Despacho a $ 1.800.00 cada uno (se suprimen al vacar) " 3.600.00 2 Alguaciles a $ 2.160.00 cada uno (se suprimen al vacar) " 4.320.00 2 Auxiliares 1.os a $ 1.440.00 cada uno " 2.880.00 2 Auxiliares 2.os a $ 1.200.00 cada uno " 2.400.00 2 Auxiliares 3.os a $ 1.080.00 cada uno " 2.160.00 Personal de Servicio: 2 Ordenanzas a $ 840.00 cada uno " 1.680.00 $ 88.740.00 DE 3.er. TURNO Sueldos - Personal de Magistratura: 3 Ministros a $ 8.550.00 cada uno $ 25.650.00 Personal de Oficina: 1 Secretario " 4.200.00 1 Escribano de Actuación (se suprime al vacar) " 3.600.00 1 Oficial 1.o Encargado del Despacho " 2.400.00 1 Oficial 2.o, Alguacil " 1.800.00 1 Auxiliar 1.o " 1.440.00 1 Auxiliar 2.o " 1.200.00 2 Auxiliares 3.os a $ 1.080.00 cada uno " 2.160.00 Personal de Servicio: 1 Ordenanza " 840.00 1 Encargado de limpieza del local para las tres Salas " 840.00 $ 44.130.00 Total de sueldos $ 132.660.00 Gastos para los tres Tribunales: De Oficina y Secretaria $ 1.500.00 A deducir: 20 o/o ley Enero 5 de 1933 " 300.00 $ 1.800.00 Alquileres " 5.100.00 A deducir: 10 o/o ley Agosto 6 de 1931 " 510.00 " 4.590.00 $ 5.790.00 Total $ 138.660.00 PLANILLA N.o 146 Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 1.er. turno Sueldos - Personal de Magistratura: 1 Juez $ 6.900.00 Personal de Oficina: 1 Actuario " 3.600.00 2 Actuarios Adjuntos a $ 2.400.00 cada uno " 4.800.00 1 Oficial 1.o, Jefe del Despacho " 1.800.00 1 Jefe de Notificadores (se suprime al vacar) " 1.560.00 1 Oficial 2.o " 1.440.00 1 Alguacil (al vacar $ 1.800.00) " 2.100.00 2 Auxiliares 1.os a $ 1.200.00 cada uno " 2.400.00 4 Auxiliares 2.os a $ 1.080.00 cada uno " 4.320.00 5 Auxiliares 3.os a $ 960.00 cada uno " 4.800.00 4 Auxiliares 4.os a $ 840.00 cada uno " 3.360.00 Personal de Servicio: 1 Ordenanza " 720.00 $ 37.800.00 Gastos: Alquiler $ 2.400.00 A deducir: 10 % ley Agosto 6 de 1931 " 240.00 $ 2.160.00 De Oficina " 960.00 A deducir: 20 % ley 5 de Enero de 1933 " 192.00 " 768.00 $ 2.928.00 Total $ 40.728.00 PLANILLA N.o 147 Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 2.o Turno Sueldos - Personal de Magistratura: 1 Juez $ 6.900.00 Personal de Oficina: 1 Actuario " 3.600.00 2 Actuarios Adjuntos a $ 2.400.00 cada uno " 4.800.00 1 Alguacil (al vacar $ 1.800.00) " 2.100.00 1 Oficial 1.o, Jefe del Despacho " 1.800.00 1 Oficial 2.o " 1.440.00 1 Jefe del Registro de Comercio " 1.800.00 1 Jefe de Notificadores (se suprime al vacar) " 1.440.00 1 Auxiliar 1.o " 1.200.00 4 Auxiliares 2.os a $ 1.080.00 cada uno " 4.320.00 2 Auxiliares 3.os a $ 960.00 cada uno " 1.920.00 2 Auxiliares 4.os a $ 840.00 cada uno " 1.680.00 Personal de Servicio: 1 Ordenanza " 720.00 $ 33.720.90 Gastos: Alquiler " 2.400.00 A deducir: 10 % ley Agosto 6 de 1931 " 240.00 " 2.160.00 De Oficina " 960.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 192.00 " 768.00 De formación de inventarios y confección de índices " 240.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 48.00 " 192.00 Arrendamiento de Actuaría " 3.600.00 " 8.720.00 Total " 40.440.00 PLANILLA N.o 148 Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 3.er turno Sueldos - Personal de Magistratura: 1 Juez " 6.900.00 Personal de Oficina: Sueldos - 1 Actuario " 3.600.00 2 Actuarios Adjuntos a $ 2.400.00 cada uno " 4.800.00 1 Oficial 1.o, Jefe del Despacho " 1.800.00 1 Oficial 2.o 1 Alguacil (al vacar $ 1.800.00) " 1.440.00 2 Auxiliares 1.os a $ 4 Auxiliares 2.os a $ 1.080.00 cada uno " 4.320.00 5 Auxiliares 3.os a $ 960.00 cada uno " 4.800.00 4 Auxiliares 4.os a $ 840.00 cada uno " 3.360.00 Personal de Servicio: 1 Ordenanza " 720.00 $ 36.240.00 Gastos: Alquiler " 2.400.00 A deducir: 10 % ley Agosto 6 de 1931 " 240.00 " 2.160.00 De Oficina $ 960.00 A deducir 10 % ley Enero 5 de 1933 " 192.00 " 768.00 Arrendamiento de Actuaría " 3.960.00 " 6.888.00 Total $ 43.128.00 PLANILLA N.o 149 Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 4.o turno Sueldos - 1 Juez $ 6.900.00 Personal de Oficina: 1 Actuario " 3.600.00 2 Actuarios Adjuntos a $ 2.400.00 cada uno " 4.800.00 1 Oficial 1.o, Jefe del Despacho " 1.800.00 1 Oficial 2.o " 1.440.00 1 Alguacil " 1.800.00 2 Auxiliares 1.os a $ 1.200.00 cada uno " 2.400.00 3 Auxiliares 2.os a $ 1.080.00 cada uno " 3.240.00 3 Auxiliares 3.os a $ 960.00 cada uno " 2.880.00 3 Auxiliares 4.os a $ 840.00 cada uno " 2.520.00 $ 32.320.00 Personal de Servicio: 2 Ordenanzas a $ 720.00 cada uno (se suprime uno al vacar) " 1.440.00 Gastos: Alquiler " 1.800.00 A deducir: 10 % ley Agosto 6 de 1931 " 180.00 $ 1.620.00 De Oficina A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 192.00 " 768.00 Para la formación de inventarios e índices " 480.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 96.00 " 384.00 " 2.772.00 Total $ 25.592.00 PLANILLA N.o 150 Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 5.o turno Sueldos - 1 Juez " 6.900.00 Personal de Oficina: 1 Actuario " 3.600.00 2 Actuarios Adjuntos a $ 2.400.00 cada uno " 4.800.00 1 Oficial 1.o, Jefe del Despacho " 1.800.00 1 Oficial 2.o " 1.440.00 1 Alguacil " 2.100.00 2 Auxiliares 1.os a $ 1.200.00 cada uno " 2.400.00 4 Auxiliares 2.os a $ 1.080.00 cada uno " 4.320.00 5 Auxiliares 3.os a $ 960.00 cada uno " 4.800.00 4 Auxiliares 4.os a $ 840.00 cada uno " 3.360.00 Personal de Servicio: 1 Ordenanza " 720.00 $ 36.240.00 Gastos: Alquiler $ 2.400.00 A deducir: 10 % ley agosto 6 de 1931 " 240.00 $ 2.160.00 De Oficina $ 960.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 192.00 " 768.00 " 2.928.00 Total $ 39.168.00 PLANILLA N.o 151 Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 6.o turno Sueldos: Personal de Magistratura: 1 Juez $ 6.900.00 Personal de Oficina: 1 Actuario 2 Actuarios Adjuntos a $ 2.400.00 cada uno " 3.600.00 1 Alguacil (al vacar $ 1.800.00) " 4.800.00 1 Oficial 1.o, Jefe del Despacho " 2.100.00 1 Oficial 2.o " 1.440.00 1 Jefe del Registro de Comercio " 1.800.00 1 Jefe de Notificadores (se suprime al vacar) " 1.440.00 1 Auxiliar 1.o " 1.200.00 4 Auxiliares 2.os a $ 1.080.00 cada uno " 4.320.00 2 Auxiliares 3.os a $ 960.00 cada uno " 1.920.00 2 Auxiliares 4.os a $ 840.00 cada uno " 1.680.00 Personal de Servicio: 1 Ordenanza " 720.00 $ 33.720.00 Gastos: Alquiler $ 2.400.00 A deducir: 10 % ley Agosto 6 de 1931 " 240.00 $ 2.160.00 De Oficina " 960.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 192.00 " 768.00 Para la formación de inventarlos e Indices $ 240.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 48.00 " 192.00 Arrendamiento de Actuaría " 2.100.00 $ 5.220.00 Total $ 38.940.00 PLANILLA N.o 152 Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 7.o turno Sueldos: Personal de Magistratura: 1 Juez $ 6.900.00 Personal de Oficina: 1 Actuario " 3.600.00 2 Actuarios Adjuntos a $ 2.400.00 cada uno " 4.800.00 1 Oficial 1.o, Jefe del Despacho " 1.800.00 1 Oficial 2.o " 1.440.00 1 Alguacil " 1.800.00 2 Auxiliares 1.os a $ 1.200.00 cada uno " 2.400.00 3 Auxiliares 2.os a $ 1.080.00 cada uno " 3.240.00 3 Auxiliares 3.os a $ 960.00 cada uno " 2.880.00 3 Auxiliares 4.os a $ 840.00 cada uno " 2.520.00 Personal de Servicio: 1 Ordenanza " 720.00 $ 32.100.00 Gastos: Alquiler $ 1.800.00 A deducir: 10 % ley Agosto 6 de 1931 " 180.00 $ 1.620.00 De Oficina " 960.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 192.00 " 768.00 $ 2.388.00 Total $ 34.488.00 PLANILLA N.o 153 Juzgados Letrados de Hacienda y de lo Contencioso Administrativo Sueldos - Personal de Magistratura: 2 Jueces a $ 6.900.00 cada uno " 13.800.00 Personal de Oficina: 2 Actuarios a $ 4.200.00 cada uno " 8.400.00 4 Actuarios Adjuntos a $ 2.700.00 cada uno " 10.800.00 2 Oficiales 1.os, Jefes del Despacho a $ 1.800.00 cada uno " 3.600.00 1 Alguacil (al vacar $1.800.00) " 2.160.00 1 Alguacil " 1.800.00 2 Oficiales 2.os a $ 1.440.00 cada uno " 2.880.00 4 Auxiliares 1.os a $ 1.200.00 cada uno " 4.800.00 6 Auxiliares 2.os a $ 1.080 cada uno " 6.480.00 6 Auxiliares 3.os a $ 960.00 cada uno " 5.760.00 6 Auxiliares 4.os a $ 840.00 cada uno " 5.040.00 Personal de Servicio: 2 Ordenanzas a $ 720.00 cada uno " 1.440.00 $ 66.960.00 Gastos: Alquileres: a $ 1.500.00 cada Juzgado $ 3.000.00 A deducir: 10 % ley Agosto 6 de 1931 " 300.00 $ 2.700.00 De Oficina a $ 720.00 cada Juzgado $ 1.440.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 288.00 " 1.152.00 " 3.852.00 Total $ 70.812.00 PLANILLA N.o 154 Juzgados Letrados del Crimen de 1.er y 2.o turnos Sueldos - Personal de Magistratura: 2 Jueces a $ 6.900.00 cada uno $ 13.800.00 Personal de Oficina: 2 Actuarios a $ 4.200.00 cada uno " 8.400.00 2 Adjuntos a $ 2.700.00 cada uno " 5.400.00 2 Alguaciles Encargados de la Estadística (se suprimen al vacar), a $ 2.160.00 cada uno " 4.320.00 2 Oficiales 1.os, Jefes del Despacho a $ 1.800.00 cada uno " 3.600.00 2 Oficiales 2.os a $ 1.440.00 cada uno " 2.880.00 2 Auxiliares 1.os a $ 1.200.00 cada uno " 2.400.00 2 Auxiliare& 2.os a $ 1.080 cada uno " 2.160.00 2 Auxiliares 4.os a $ 840.00 cada uno " 1.680.00 Personal de Servicio: 2 Ordenanzas a $ 720.00 cada uno $ 1.440.00 $ 46.080.00 Gastos: Alquileres de casa a $ 1.800.00 cada Juzgado " 3.600.00 A deducir: 10 % ley Agosto 6 de 1931 " 360.00 $ 3.240.00 De Oficina a $ 480.00 cada Juzgado " 960.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 192.00 " 768.00 Alumbrado y limpieza a $ 300.00 cada Juzgado $ 600.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 120.00 " 480.00 $ 4.488.00 Total $ 50.568.00 PLANILLA N.o 155 Juzgados Letrados Correccionales de 1.er y 2.o turnos. Sueldos - Personal de Magistratura: 2 Jueces a $ 6.900.00 cada uno " 13.800.00 Personal de Oficina: 2 Actuarios a $ 4.200.00 cada uno " 8.400.00 2 Adjuntos a $ 2.700.00 cada uno " 5.400.00 2 Alguaciles Encargados de la Estadística (se suprimen al vacar), a $ 2.160.00 cada uno " 4.320.00 2 Oficiales 1.os, Jefes del Despacho a $ 1.800.00 cada uno " 3.600.00 2 Oficiales 2.os a $ 1.440.00 cada uno " 2.880.00 2 Auxiliares 1.os a $ 1.200.00 cada uno " 2.400.00 2 Auxiliares 2.os a $ 1.080 cada uno " 2.160.00 4 Auxiliares 3.os a $ 960.00 cada uno " 3.840.00 2 Auxiliares 4.os a $ 840.00 cada uno " 1.680.00 Personal de Servicio: 2 Ordenanzas a $ 720.00 cada uno " 1.440.00 $ 49.920.00 Gastos: Alquiler de casa (1.er turno) $ 1.320.00 A deducir: 10 % ley Agosto 6 de 1931 " 132.00 $ 1.198.00 Alquiler de casa (2.o turno) $ 1.200.00 A deducir: 10 % ley Agosto 6 de 1931 " 120.00 $ 1.080.00 De Oficina a $ 480.00 cada Juzgado " 960.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 192.00 " 768.00 Alumbrado y limpieza a $ 300.00 cada Juzgado " 600.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 120.00 " 480.00 $ 3.526.00 Total $ 53.446.00 PLANILLA N.o 156 Juzgados Letrados de Instrucción de 1.o, 2.o y 3er turnos Sueldos - Personal de Magistratura: 3 Jueces a $ 6.900.00 cada uno $ 20.700.00 Personal de Oficina: 3 Actuarios a $ 4.200.00 cada uno $ 12.600.00 3 Actuarios Adjuntos a $ 2.700.00 cada uno " 8.100.00 3 Oficiales 1.os, Alguaciles (Jefes del Despacho) a pesos 6.160.00 cada uno " 6.480.00 3 Oficiales 2.os a $ 1.440.00 cada uno " 4.320.00 3 Auxiliares 1.os a $ 1.200.00 cada uno " 3.600.00 6 Auxiliares 2.os a $ 1.080.00 cada uno " 6.4S0.00 3 Auxiliares 3.os a $ 960.00 cada uno " 2.880.00 3 Auxiliares 4os a $ 840.00 cada uno " 2.520.00 Personal Técnico: 3 Médicos Forenses a $ 3.600.00 cada uno " 10.800.00 Personal de Servicio: 3 Ordenanzas a $ 720.00 cada uno " 2.160.00 $ 80.640.00 Gastos: De locomoción para los Jueces a $ 600.00 cada uno " 1.800.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 360.00 $ 1.440.00 Alquileres: Para cada Juzgado $ 1.100.00 " 3.300.00 A deducir: 10 % ley Agosto 6 de 1931 " 330.00 $ 2.970.00 Da oficina y ordinarios de locomoción $ 3.540.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 708.00 " 2.832.00 Alumbrado y limpieza a $ 300.00 cada Juzgado " 900.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 180.00 " 720.00 $ 7.962.00 Total $ 88.602.00 PLANILLA N.o 157 Jueces Suplentes Personal de Magistratura: Sueldos - 2 Jueces Suplentes a $ 5.100 cada uno (se suprimen al vacar) $ 10.200.00 Gastos: Locomoción a $ 1.200.00 cada uno $ 2.400.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 480.00 $ 1.920.00 Total $ 12.120.00 PLANILLA N.o 158 Juzgados Letrados de Primera Instancia de 2.o turno (Salto y Paysandú) Sueldos - Personal de Magistratura: 2 Jueces a $ 5.700.00 cada uno (al vacar $ 5.100.00) $ 11.400.00 Personal de Oficina: 2 Actuarios a $ 3.600.00 cada uno " 7.200.00 2 Jefes del Despacho a $ 1.200.00 cada uno " 2.400.00 2 Alguaciles a $ 1.200.00 cada uno " 2.400.00 2 Auxiliares 1.os a $ 960.00 cada uno " 1.920.00 4 Auxiliares 2.os a $ 840.00 cada uno " 3.360.00 4 Auxiliares 3.os a $ 780.00 cada uno " 3.120.00 Personal de Servicio: 2 Ordenanzas a $ 720.00 cada uno " 1.440.00 $ 33.240.00 Gastos: De oficina a $ 648.00 para cada Juzgado " 1.296.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 259.20 $ 1.036.80 Alquiler para el Juzgado de Paysandú " 600.00 A deducir: 10 % ley Agosto 6 de 1931 " 60.00 " 540.00 " 1.576.80 Total $ 34.816.80 PLANILLA N.o 159 Juzgados Letrados de campaña GRUPO "A" (6 JUZGADOS) Canelones, Cerro Largo, Colonia, Durazno, Lavalleja y Tacuarembó Sueldos: Personal de Magistratura: 6 Jueces a $ 5.100.00 cada uno $ 30.300.00 6 Actuarios a $ 3.000.00 cada uno " 18.000.00 6 Actuarios Adjuntos, Tasadores de Costas a $ 1. 800.00 cada uno " 10.800.00 6 Encargados del Despacho a $ 1.200.00 cada uno " 7.200.00 6 Auxiliares Alguaciles a $ 1.200.00 cada uno " 7.200.00 6 Auxiliares 1.os a $ 960.00 cada uno " 5.760.00 12 Auxiliares 2.os a $ 840.00 cada uno " 10.080.00 18 Auxiliares 3.os a $ 780.00 cada uno " 14.040.00 Personal de Servicio: 6 Ordenanzas a $ 720.00 cada uno " 4.320.00 GRUPO "B" (7 JUZGADOS) Florida, Paysandú (1.er Turno), Rivera, Rocha, San José, Salto (1.er turno), Soriano. Personal de Magistratura: 7 Jueces a $ 5.100.00 cada uno " 35.700.00 Personal de Oficina: 7 Escribanos Actuarios a $ 3.000.00 cada uno " 21.000.00 7 Encargados del Despacho a $ 1.200.00 cada uno " 8.400.00 7 Auxiliares Alguaciles a $ 1.200.OO cada uno " 8.400.00 7 Auxiliares 1.os a $ 960.00 cada uno " 6.720.00 7 Auxiliares 2.os a $ 840.00 cada uno " 5.880.00 21 Auxiliares 3.os a $ 780.00 cada uno " 16.380.00 Personal de Servicio: 7 Ordenanzas a $ 720.00 cada uno GRUPO "C" (5 JUZGADOS) Artigas, Flores, Maldonado, Río Negro, Treinta y Tres Personal de Magistratura: 5 Jueces a $ 5.100.00 cada uno " 25.500.00 Personal de Oficina: 5 Escribanos Actuarios a $ 3.000.00 cada uno " 15.000.00 5 Encargados del Despacho a $ 1.200.00 cada uno " 6.000.00 5 Auxiliares Alguaciles a $ 1.200.00 cada uno " 6.000.00 5 Auxiliares 1.os a $ 960.00 cada uno " 4.800.00 5 Auxiliares 2.os a $ 840.00 cada uno " 4.200.00 10 Auxiliares 3.os a $ 780.00 cada uno " 7.800.00 Personal de Servicio: 5 Ordenanzas a $ 720.00 cada uno " 3.600.00 $ 288.420.00 Gastos para los 18 Juzgados: De oficina a $ 648.00 cada Juzgado $ 11.664.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 2.332.80 " 9.331.20 Alquileres: Canelones $ 600.00 Cerro Largo " 840.00 Durazno " 720.00 Florida " 840.00 Paysandú (1.er turno) " 600.00 Rivera " 1.320.00 Rocha " 840.00 San José " 600.00 Soriano " 600.00 Artigas " 480.00 Maldonado " 780.00 Colonia, Lavalleja, Tacuarembó, Salto (1.er turno), Flores, Rio Negro y Treinta y Tres (edificio del Estado) " 8.220.00 A deducir: 10 % ley Agosto 6 de 1931 " 822.00 " 7.398.00 " 16.739.30 Total $ 305.149.20 PLANILLA N.o 160 Depósito Judicial de Bienes Muebles Sueldos: Personal de Oficina: 1 Depositario $ 2.700.00 1 Auxiliar Guarda Libros " 1.560.00 1 Auxiliar Encargado del Contralor de los Depósitos " 1.440.00 Personal de Servicio: 1 Ordenanza " 720.00 $ 6.420.00 Gastos: Alquileres de oficina y depósitos $ 3.960.00 A deducir: 10 % ley Agosto 6 de 1931 " 396.00 $ 3.564.00 De Oficina y depósito " 960.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 192.00 " 768.00 " 4.332.00 Total $ 10.752.00 RESUMEN GENERAL N.° de planilla $ $ $ ________ 142 - Alta Corte de Justicia $ 130.260.00 $ 25.916.00 $ 156.176.00 143 - Oficina de Identificación y Estudios Médico-Legales " 19.560.00 " 960.00 " 20.520.00 144 - Oficinas de Tasación de Costas de 1.o y 2.o turnos " 18.480.00 " 1.176.00 " 19.656.00 145 - Tribunales de Apelaciones de 1.o, 2.o y 3.er turnos " 132.870.00 " 5.790.00 " 138.660.00 146 - Juzgado L. de P. Instancia en lo Civil de 1.er turno " 37.800.00 " 2.928.00 " 40.728.00 147 - Idem ídem de 2.o turno " 33.720.00 " 6.720.00 " 40.440.00 148 - Idem ídem de 3.er turno " 36.240.00 " 6.888.00 " 43.128.00 149 - Idem ídem de 4.o turno " 32.820.00 " 2.772.00 " 35.592.00 150 - Idem ídem de 5.o turno " 36.240.00 " 2.928.00 " 39.168.00 151 - Idem ídem de 6.o turno " 33.720.00 " 5.220.00 " 38.940.00 152 - Idem ídem de 7.o turno " 32.100.00 " 2.388.00 " 34.488.00 153 - Juzgados Letrados Nacionales Hacienda y de lo Contencioso Administrativo " 66.960.00 " 3.852.00 " 70.812.00 154 - Juzgados Letrados del Crimen de 1.o y 2.o turnos " 46.080.00 " 4.488.00 " 50.568.00 155 - Juzgados Letrados Correccionales de 1.o y 2.o turnos " 49.920.00 " 3.526.00 " 53.446.00 156 - Juzgados Letrados de Instrucción de 1.o, 2.o y 3.er turnos " 80.640.00 " 7.962.00 " 88.602.00 157 - Jueces Suplentes " 10.200.00 " 1.920.00 " 12.120.00 158 - Juzgados L. de Primera Instancia de 2.o turno (Salto y Paysandú) " 33.240.00 " 1.576.80 " 34.816.80 159 - Juzgados Letrados de Campaña " 288.420.00 " 16.729.20 " 305.149.20 160 - Depósito Judicial de Bienes Muebles " 6.420.00 " 4.332.00 " 10.752.00 Total $ 1.125.690.00 $ 107.272 00 $ 1.232.962.00

Artículo 2Artículo 2

Apruébase el articulado del referido proyecto, cuyo texto es el siguiente: "Artículo 2.o Mantiénese la Oficina Reguladora de Honorarios, cuyo presupuesto de sueldos y gastos queda fijado así: Sueldos: 1 Regulador (Letrado) $ 6.900.00 1 Secretario " 1.800.00 1 Ordenanza " 720.00 $ 9.420.00 Gastos: De Oficina $ 160.00 A deducir: 20 % ley Enero 5 de 1933 " 32.00 $ 12S.00 Alquiler de casa $ 600.00 A deducir: 10 % ley Agosto 6 de 1931 " 60.00 " 540.00 $ 668.00 Total $ 10.088.00 El importe de esta planilla será abonado con el producido del 5 % de la regulación de honorarios (artículo 4.o ley Julio 9 de 1918). "Artículo 3.o El 50 % del sobrante del producido por concepto de 5 % de la Regulación de honorarios, será destinado a reforzar el rubro "Gastos de Administración de Justicia", vertiéndose a Rentas Generales el 50 % restante. La cantidad actualmente disponible a favor de la Corte por tal concepto se dividirá en dos partes: el 50 % se vertirá a Rentas Generales y el otro 50 % lo destinará la Corte a cancelar las deudas pendientes de todas las oficinas judiciales hasta la fecha y si hubiere un sobrante, reforzará el rubro "Gastos Administración de Justicia". Artículo 4.o El papel sellado y timbres que se empleen en la Administración de Justicia llevarán impresas las palabras "Poder Judicial". Esta disposición empezará a regir el 1.o de Mayo de 1934. Artículo 5.o El derecho de un peso que actualmente se percibe por las legalizaciones judiciales se hará efectivo en lo sucesivo, y a partir del 1.o de Mayo próximo, por medio de un timbre que se denominará "Legalización Judicial". Artículo 6.o Los médicos forenses que figuran en la planilla correspondiente a los Juzgados Letrados de Instrucción serán nombrados por la Alta Corte de Justicia, a la que incumbirá la organización del servicio respectivo. Artículo 7.o El personal de todas las oficinas judiciales, será designado por la Alta Corte de Justicia, la que podrá asesorarse a ese efecto del Tribunal o Juez que corresponda. Los Actuarios, Actuarios Adjuntos y Alguaciles serán designados por la Alta Corte de Justicia a propuesta del Tribunal o Juez respectivo. Para remover estos funcionarios se exigirá el pedido fundado del Tribunal o Juez de que dependan. Artículo 8.o La Alta Corte de Justicia podrá trasladar en comisión de las Oficinas de los Juzgados Letrados de Hacienda o de Instancia de la Capital a las de los Jueces de Paz del mismo Departamento, aquellos empleados que en virtud de la nueva organización judicial dejen de ser indispensables en aquellas y sean probablemente necesarios en éstas. Estos traslados en comisión, sólo podrán referirse a Escribano, Auxiliares 1.os, 2.os, 3.os y 4.os, y a ordenanzas; y en ningún caso podrán decretarse respecto de Juzgados cuyo personal correspondiente a tales empleos, haya quedado reducido a un Escribano Actuario, un Adjunto, un Alguacil, un Jefe de Despacho, un Auxiliar 1.o, 2 Auxiliares 2.os, 2 Auxiliares 3.os, 2 Auxiliares 4.os y un Ordenanza. Artículo 9.o Los funcionarios, sean o no profesionales, que ocupen cargos comprendidos en este presupuesto, no podrán ejercer su profesión ni dirigir gestiones particulares en las oficinas dependientes del Poder Judicial. Artículo 10. De todas las partidas que en este presupuesto se asignan para "Gastos", las oficinas respectivas deberán rendir cuenta mensual a la Contaduría General de la Nación, por intermedio de la Alta Corte de Justicia. Artículo 11. Los cuadernos de protocolo que se presenten a la Alta Corte de Justicia serán rubricados por el Escribano de Protocolos sin perjuicio de las funciones de contralor que actualmente ejerce el mismo funcionario, quien deberá dar cuenta a la Corte de las irregularidades, defectos y omisiones que notare al realizar la revisación. Artículo 12. Se declara que el papel sellado en que deberán actuar las partes ante los Juzgados de Paz en asuntos civiles de más de doscientos pesos y en los comerciales, será del mismo valor que el empleado en esos asuntos ante los Juzgados Letrados con anterioridad a la sanción del Código de Organización de los Tribunales Civiles y de Hacienda". (*)

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 22 de febrero de 1934Promulgación (9273)
  2. 2 de marzo de 1934Publicación (9273)