Ley9275·1934

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/02/1934

Fecha de publicación

3 de agosto de 1934

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para disponer de un millón doscientos mil pesos ($ 1.200.000.00) de títulos de la "Deuda Interna Obras Públicas 6 ½ % 1932. 2.ª serie", con los siguientes fines: A) Cancelación de los créditos pendientes de pago, contraídos hasta el 31 de Diciembre de 1933, para creación de trabajo en favor de los obreros desocupados y de acuerdo con la ley de 16 de Agosto del mismo año. B) Aplicación del remanente a los mismos fines durante el año 1934, con sujeción a las disposiciones de la ley expresada de 16 de Agosto de 1933.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 23 de febrero de 1934Promulgación (9275)
  2. 8 de marzo de 1934Publicación (9275)