Ley9308·1934

GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. PRESUPUESTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de agosto de 1934

Fecha de publicación

14/03/1934

Artículos (11)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase para la Intendencia Municipal del Departamento de Río Negro, el siguiente presupuesto de sueldos y gastos que regirá durante el año 1934: PLANILLA N.o 1 Junta Deliberante Sueldos: 1 Secretario $ 1.200.00 1 Portero " 600.00 $ 1.800.00 Gastos: Generales " 200.00 $ 2.000.00 PLANILLA N.o 2 Intendencia Sueldos: 1 Intendente $ 3.000.00 1 Secretario General " 1.440.00 1 Contador " 1.440.00 1 Tesorero " 1.320.00 1 Subsecretario (se suprime al vacar) " 840.00 2 Auxiliares 1.os a $ 720.00 cada uno " 1.440.00 1 Encargado del Laboratorio Químico " 720.00 2 Auxiliares a $ 660.00 cada uno " 1.320.00 2 Auxiliares a $ 600.00 cada uno " 1.200.00 2 Inspectores Municipales a $ 840.00 cada uno " 1.680.00 1 Encargado de Tablada " 660.00 1 Encargado Vivero (se suprime al vacar) " 720.00 1 Revisador de Tropas " 600.00 1 Jardinero " 720.00 1 Capataz Corralón Municipal " 840.00 1 2.o Capataz Corralón Municipal " 720.00 1 Jefe del Depósito " 720.00 1 Chauffer Mecánico " 780.00 1 Caballerizo " 540.00 6 Carreros a $ 540.00 cada uno " 3.240.00 1 Encargado del Cementerio " 660.00 1 Portero " 600.00 2 Ordenanzas a $ 540.00 cada uno " 1.080.00 1 Sereno portero (se suprime al vacar) " 540.00 $ 26.820.00 Gastos: De locomoción y representación del Intendente $ 600.00 Para Encargado del Reloj " 144.00 " 744.00 $ 27.564.00 PLANILLA N.o 3 Dirección de Obras Municipales Sueldos: 1 Jefe Ingeniero o Arquitecto (Se suprime al vacar) $ 3.360.00 1 2.o Jefe " 1.680.00 1 Dibujante Auxiliar " 840.00 1 Capataz General " 900.00 2 Capataces de Vialidad a $ 720.00 cada uno " 1.440.00 $ 8.220.00 PLANILLA N.o 4 Comisión Vecinal 3.a Sección Sueldos: 1 Inspector Municipal $ 540.00 1 Peón " 540.00 $ 1.080.00 Gastos: Vialidad y obras " 2.500.00 Generales " 120.00 $ 2.620.00 $ 3.700.00 PLANILLA N.o 5 Comisión Vecinal 2.a Sección Sueldos: 1 Inspector Municipal $ 600.00 1 Peón " 540.00 $ 1.140.00 Gastos: Vialidad y obras $ 900.00 Generales " 120.00 " 1.020.00 $ 2.160.00 PLANILLA N.o 6 Comisión Vecinal 4.a Sección Sueldos: 1 Inspector Municipal $ 540.00 1 Peón " 540.00 $ 1.080.00 Gastos: Vialidad y obras $ 700.00 Generales " 120.00 " 820.00 $ 1.900.00 PLANILLA N.o 7 Gastos Generales Locomoción y servicio de automóvil $ 1.000.00 Quebrantos de Caja " 120.00 Impresiones y publicaciones " 900.00 Para Laboratorio Químico Municipal y Preparatorio Agronómico " 200.00 De Oficina " 1.000.00 Extraordinarios " 3.000.00 Del Corralón " 5.000.00 Barométrica " 2.000.00 Salubridad y limpieza " 5.000.00 Vialidad rural " 30.000.00 Vialidad urbana y obras " 8.000.00 Cementerio " 600.00 Escuela Agronómica y Vivero Municipal " 5.000.00 Chapas para rodados " 200.00 Educación Física " 200.00 Banda Municipal " 3.600.00 Gastos de Tablada " 1.000.00 Contribución para la construcción y traslado de escuelas " 1.000.00 Seguros varios " 1.000 00 Riego " 4.000.00 Comisión por guías " 600.00 Deuda Unificada U.T.E " 396.55 Compromisos con la U.T.E., por el alumbrado público pueblo Young " 3.600.00 Caja de Jubilaciones (8 % sobre sueldos) " 5.300.00 Parques, plazas y arbolado " 5.000.00 Pago de deudas atrasadas " 22.760.13 $ 110.476.68 Total: $ 156.020.68 (*)

Artículo 2Artículo 2

Los gastos a que se refiere el artículo anterior serán atendidos con los siguientes ingresos: Verificación de Pesas y Medidas $ 700.00 Guías de ganado y mercadería " 1.000.00 Certificados " 50.00 Permisos para alambrar " 60.00 Proventos del Cementerio " 950.00 Eventuales " 700.00 Testimonios " 250.00 Patentes de Rodados " 20.000.00 Chapas para Rodados " 500.00 Tornaguías " 700.00 Servicio de Barométrica " 2.000.00 Impuesto General Municipal " 12.000.00 Impuesto General de Abasto " 5.000.00 Derecho de piso " 10.000.00 Libros de Abasto " 10.00 Chauffeur " 100.00 Automóviles " 200.00 Rifas " 200.00 Art. 40 Ley Policía Sanitaria de los Animales " 5.000.00 Multas " 100.00 Máquina y Torno " 1.000.00 Pastoreo " 1.800.00 Permisos para edificar " 250.00 Permisos de caza " 80.00 Certificados rurales " 450.00 Proventos del Vivero " 500.00 Impuesto terrenos baldíos " 470.00 Contribución Inmobiliaria " 91.950.68 Total de recursos $ 158.020.68

Artículo 3Artículo 3

Todas las partidas de gastos establecidas en esta ley, son con cargo a dar cuenta, a excepción de la partida asignada al Intendente para gastos de locomoción y representación.

Artículo 4Artículo 4

Los empleados que manejen fondos, deberán prestar fianza de conformidad con la reglamentación quo al respecto dicte la Intendencia Municipal.

Artículo 5Artículo 5

Exceptuando los cargos que expresamente se dispone en el artículo 1.° que quedarán suprimidos al vacar, no se proveerán los demás sin autorización expresa y fundada del Poder Ejecutivo.

Artículo 6Artículo 6

Los funcionarios que ocupen los cargos comprendidos en este presupuesto tendrán carácter de amovibles durante los noventa días siguientes al de la promulgación de la presente ley. Si durante dicho plazo no se hiciera observación alguna respecto a sus aptitudes, honestidad y contracción al trabajo, quedarán automáticamente confirmados en sus puestos con carácter de inamovibles. Aquellos funcionarios cuya conducta mereciera reparos justificados, serán declarados cesantes.

Artículo 7Artículo 7

La Tesorería, bajo responsabilidad, no hará efectivo ningún pago sin la previa intervención de la Contaduría, la que deberá indicar el rubro a que afecte la referida erogación. El Contador deberá observar ante la Intendencia toda orden de pago en contravención con la presente ley. Para el caso de que la Intendencia reitere la orden de pago observada, el Contador dará curso a la misma dejando en ella la constancia pertinente, pero dando cuenta en el día, de los hechos producidos, al Ministerio del Interior.

Artículo 8Artículo 8

La contribución para construcciones y traslados escolares será acordada por la Intendencia, hasta $ 200.00 en, cada caso; para sumas mayores se necesitará el acuerdo de la Junta Deliberante.

Artículo 9Artículo 9

Autorízase a la Intendencia Municipal de Río Negro, para tomar de los proventos de la Usina Eléctrica, hasta la cantidad de $ 1.906.00 mensuales, para pago de los sueldos y gastos de la Usina durante los meses de Marzo, Abril, Mayo y Junio de 1934. Antes del 15 de Mayo próximo la Municipalidad deberá elevar al Poder Ejecutivo, el presupuesto correspondiente a dicha repartición.

Artículo 10Artículo 10

El 31 de Diciembre de 1934 caducará la autorización de este presupuesto para el mantenimiento de la Banda Municipal, destinándose el importe de la planilla respectiva al servicio de amortización de la deuda.

Artículo 11Artículo 11

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 8 de marzo de 1934Promulgación (9308)
  2. 14 de marzo de 1934Publicación (9308)