Fíjase para la Intendencia Municipal del Departamento de Río Negro, el siguiente presupuesto de sueldos y gastos que regirá durante el año 1934:
PLANILLA N.o 1
Junta Deliberante
Sueldos:
1 Secretario $ 1.200.00
1 Portero " 600.00 $ 1.800.00
Gastos:
Generales " 200.00 $ 2.000.00
PLANILLA N.o 2
Intendencia
Sueldos:
1 Intendente $ 3.000.00
1 Secretario General " 1.440.00
1 Contador " 1.440.00
1 Tesorero " 1.320.00
1 Subsecretario (se suprime
al vacar) " 840.00
2 Auxiliares 1.os a
$ 720.00 cada uno " 1.440.00
1 Encargado del
Laboratorio Químico " 720.00
2 Auxiliares a $ 660.00
cada uno " 1.320.00
2 Auxiliares a $ 600.00
cada uno " 1.200.00
2 Inspectores Municipales
a $ 840.00 cada uno " 1.680.00
1 Encargado de Tablada " 660.00
1 Encargado Vivero (se
suprime al vacar) " 720.00
1 Revisador de Tropas " 600.00
1 Jardinero " 720.00
1 Capataz Corralón
Municipal " 840.00
1 2.o Capataz Corralón
Municipal " 720.00
1 Jefe del Depósito " 720.00
1 Chauffer Mecánico " 780.00
1 Caballerizo " 540.00
6 Carreros a $ 540.00
cada uno " 3.240.00
1 Encargado del Cementerio " 660.00
1 Portero " 600.00
2 Ordenanzas a $ 540.00
cada uno " 1.080.00
1 Sereno portero (se
suprime al vacar) " 540.00 $ 26.820.00
Gastos:
De locomoción y
representación del
Intendente $ 600.00
Para Encargado del Reloj " 144.00 " 744.00 $ 27.564.00
PLANILLA N.o 3
Dirección de Obras Municipales
Sueldos:
1 Jefe Ingeniero o
Arquitecto (Se suprime
al vacar) $ 3.360.00
1 2.o Jefe " 1.680.00
1 Dibujante Auxiliar " 840.00
1 Capataz General " 900.00
2 Capataces de Vialidad a
$ 720.00 cada uno " 1.440.00 $ 8.220.00
PLANILLA N.o 4
Comisión Vecinal 3.a Sección
Sueldos:
1 Inspector Municipal $ 540.00
1 Peón " 540.00 $ 1.080.00
Gastos:
Vialidad y obras " 2.500.00
Generales " 120.00 $ 2.620.00 $ 3.700.00
PLANILLA N.o 5
Comisión Vecinal 2.a Sección
Sueldos:
1 Inspector Municipal $ 600.00
1 Peón " 540.00 $ 1.140.00
Gastos:
Vialidad y obras $ 900.00
Generales " 120.00 " 1.020.00 $ 2.160.00
PLANILLA N.o 6
Comisión Vecinal 4.a Sección
Sueldos:
1 Inspector Municipal $ 540.00
1 Peón " 540.00 $ 1.080.00
Gastos:
Vialidad y obras $ 700.00
Generales " 120.00 " 820.00 $ 1.900.00
PLANILLA N.o 7
Gastos Generales
Locomoción y servicio de
automóvil $ 1.000.00
Quebrantos de Caja " 120.00
Impresiones y
publicaciones " 900.00
Para Laboratorio Químico
Municipal y Preparatorio
Agronómico " 200.00
De Oficina " 1.000.00
Extraordinarios " 3.000.00
Del Corralón " 5.000.00
Barométrica " 2.000.00
Salubridad y limpieza " 5.000.00
Vialidad rural " 30.000.00
Vialidad urbana y obras " 8.000.00
Cementerio " 600.00
Escuela Agronómica y
Vivero Municipal " 5.000.00
Chapas para rodados " 200.00
Educación Física " 200.00
Banda Municipal " 3.600.00
Gastos de Tablada " 1.000.00
Contribución para la
construcción y traslado
de escuelas " 1.000.00
Seguros varios " 1.000 00
Riego " 4.000.00
Comisión por guías " 600.00
Deuda Unificada U.T.E " 396.55
Compromisos con la U.T.E.,
por el alumbrado público
pueblo Young " 3.600.00
Caja de Jubilaciones (8 %
sobre sueldos) " 5.300.00
Parques, plazas y arbolado " 5.000.00
Pago de deudas atrasadas " 22.760.13 $ 110.476.68
Total: $ 156.020.68
(*)
Los gastos a que se refiere el artículo anterior serán atendidos con los siguientes ingresos:
Verificación de Pesas y Medidas $ 700.00
Guías de ganado y mercadería " 1.000.00
Certificados " 50.00
Permisos para alambrar " 60.00
Proventos del Cementerio " 950.00
Eventuales " 700.00
Testimonios " 250.00
Patentes de Rodados " 20.000.00
Chapas para Rodados " 500.00
Tornaguías " 700.00
Servicio de Barométrica " 2.000.00
Impuesto General Municipal " 12.000.00
Impuesto General de Abasto " 5.000.00
Derecho de piso " 10.000.00
Libros de Abasto " 10.00
Chauffeur " 100.00
Automóviles " 200.00
Rifas " 200.00
Art. 40 Ley Policía
Sanitaria de los Animales " 5.000.00
Multas " 100.00
Máquina y Torno " 1.000.00
Pastoreo " 1.800.00
Permisos para edificar " 250.00
Permisos de caza " 80.00
Certificados rurales " 450.00
Proventos del Vivero " 500.00
Impuesto terrenos baldíos " 470.00
Contribución Inmobiliaria " 91.950.68
Total de recursos $ 158.020.68
Todas las partidas de gastos establecidas en esta ley, son con cargo a dar cuenta, a excepción de la partida asignada al Intendente para gastos de locomoción y representación.
Los empleados que manejen fondos, deberán prestar fianza de conformidad con la reglamentación quo al respecto dicte la Intendencia Municipal.
Exceptuando los cargos que expresamente se dispone en el artículo 1.° que quedarán suprimidos al vacar, no se proveerán los demás sin autorización expresa y fundada del Poder Ejecutivo.
Los funcionarios que ocupen los cargos comprendidos en este presupuesto tendrán carácter de amovibles durante los noventa días siguientes al de la promulgación de la presente ley. Si durante dicho plazo no se hiciera observación alguna respecto a sus aptitudes, honestidad y contracción al trabajo, quedarán automáticamente confirmados en sus puestos con carácter de inamovibles.
Aquellos funcionarios cuya conducta mereciera reparos justificados, serán declarados cesantes.
La Tesorería, bajo responsabilidad, no hará efectivo ningún pago sin la previa intervención de la Contaduría, la que deberá indicar el rubro a que afecte la referida erogación.
El Contador deberá observar ante la Intendencia toda orden de pago en contravención con la presente ley. Para el caso de que la Intendencia reitere la orden de pago observada, el Contador dará curso a la misma dejando en ella la constancia pertinente, pero dando cuenta en el día, de los hechos producidos, al Ministerio del Interior.
La contribución para construcciones y traslados escolares será acordada por la Intendencia, hasta $ 200.00 en, cada caso; para sumas mayores se necesitará el acuerdo de la Junta Deliberante.
Autorízase a la Intendencia Municipal de Río Negro, para tomar de los proventos de la Usina Eléctrica, hasta la cantidad de $ 1.906.00 mensuales, para pago de los sueldos y gastos de la Usina durante los meses de Marzo, Abril, Mayo y Junio de 1934.
Antes del 15 de Mayo próximo la Municipalidad deberá elevar al Poder Ejecutivo, el presupuesto correspondiente a dicha repartición.
Artículo 10 — Artículo 10
El 31 de Diciembre de 1934 caducará la autorización de este presupuesto para el mantenimiento de la Banda Municipal, destinándose el importe de la planilla respectiva al servicio de amortización de la deuda.
Artículo 11 — Artículo 11
Comuníquese, etc.