Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo a aumentar, por una sola vez, a seis, el número de Mayores, en el Escalafón de Aviación.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo a aumentar, por una sola vez, a seis, el número de Mayores, en el Escalafón de Aviación.
Artículo 2 — Artículo 2
La promoción del Oficial ascendido no causará vacante.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.