Ley9357·1934

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. CELINA MUÑOZ ZEBALLOS DE GONZALEZ E HIJAS CLORINDA Y MARIA ESTHER

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/04/1934

Fecha de publicación

25/05/1934

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase a doña Celina Muñoz Zeballos de González y a sus hijas solteras Clorinda y María Esther una pensión graciable de cien pesos mensuales y a doña Clara Muñoz Zeballos una pensión graciable de cincuenta pesos mensuales, como hijas viudas y nietas del extinto miembro de la Asamblea Deliberante don Juan José Muñoz.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 26 de abril de 1934Promulgación (9357)
  2. 25 de mayo de 1934Publicación (9357)