Ley9359·1934

PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/04/1934

Fecha de publicación

5 de agosto de 1934

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Suprímese del Presupuesto General de Gastos los siguientes cargos correspondientes a las planillas que se señalan. PLANILLA N.o 1 Ex Cámara de Senadores 1 Secretario de Comisiones $ 2.160 PLANILLA N.o 7 Ex Consejo Nacional de Administración 1 Auxiliar 1.o $ 1.518 PLANILLA N.o 7 Ex Consejo Nacional de Administración. 1 Auxiliar Dactilógrafo $ 840 PLANILLA N.o 8 Ministerio del Interior (Intendencia de la Casa de Gobierno). 1 Auxiliar $ 600 PLANILLA N.o 8 Ministerio del Interior (Intendencia de la Casa de Gobierno) 1 Peón $ 600 PLANILLA N.o 93 Ex Consejo de Patronato de Delincuentes y Menores 1 Archivero $ 1.260 PLANILLA N.o 120 Dirección de Policía Sanitaria de los Animales 1 Auxiliar $ 840 Intendencia Municipal de Florida 1 Prosecretario de la ex A. Representativa $ 960

Artículo 2Artículo 2

Incorpórase a la planilla número 8 del Presupuesto General de Gastos (Ministerio del Interior) los siguientes cargos: 1 Jefe de Sección $ 2.460 1 Jefe de Sección (Encargado de la Contabilidad del Ministerio) " 2.460 1 Subjefe de Sección " 1.680 3 Oficiales de Sección, cada uno $ 1.536.00 " 4.608 2 Oficiales de Secretaría de primera clase, cada uno $ 1.320.00 " 2.640 5 Oficiales de Secretaría de 3.a clase, cada uno $ 936.00 " 4.680 2 Oficiales de Secretaría de 4.a clase, cada uno $ 756.00 " 1.512 2 Porteros, cada uno $ 720.00 " 1.440

Artículo 3Artículo 3

Las designaciones que se hagan en virtud de esta ley no producen el efecto de obligar al personal respectivo al pago de la contribución establecida para los casos de reingreso a la Administración Pública a favor de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles, por ley 6 de Febrero de 1925.

Artículo 4Artículo 4

Suprímense del Presupuesto General de Gastos los cargos de los funcionarios, que en virtud de esta ley pasen a prestar servicios en las oficinas del Ministerio del Interior, por estar en ellas en comisión.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 27 de abril de 1934Promulgación (9359)
  2. 8 de mayo de 1934Publicación (9359)