Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la venta de los predios de los Hospitales Fermín Ferreira y Vilardebó, con la intervención del Banco Hipotecario del Uruguay. Esta autorización alcanza también a todas las operaciones financieras tendientes al mismo fin, con objeto de poder realizar previamente las construcciones, a fin de darles ubicación a los enfermos.