Ley9394·1934

MINISTERIO DE INDUSTRIAS. PRESUPUESTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de diciembre de 1934

Fecha de publicación

31/05/1934

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Incorpórase a la planilla número 111, Ministerio de Industrias, del Presupuesto General de Gastos, la Sección "Cultivo Obligatorio de la Tierra" con el siguiente personal: Anuales --- 1 Director, ingeniero agrónomo (en comisión) ........ --- 1 Jefe de Sección, ingeniero agrónomo .. $ 2.460 --- 1 Subjefe de Sección (Secretario Comisión Asesora)............................................. " 1.680 --- 1 Oficial de Sección (1.a clase)..................... " 1.320 --- 3 Oficiales de Sección (3.a clase) a $ 936 cada uno.. " 2.808 --- 3 Auxiliares a $ 720.00 cada uno .................... " 2.160 --- Total ............................ $ 10.428 ---

Artículo 2Artículo 2

Incorpórase a la misma planilla número 111 del Ministerio de Industrias la suma de dos mil pesos ($ 2.000.00) para gastos de movilidad del Servicio del Cultivo Obligatorio de la Tierra.

Artículo 3Artículo 3

Suprímense los siguientes cargos: 1 Auxiliar de la Sección Economía y estadística Agrícola de la Dirección de Agronomía (cargo presupuestado) $ 840.- 1 Auxiliar de la Dirección de Crédito Público (cargo presupuestado) " 840.- 1 Tipógrafo de la Imprenta Nacional (cargo por proventos de la Imprenta Nacional) " 780.- 1 Peón en el Depósito de la Dirección de Agronomía (se imputa a la partida presupuestada de gastos de la Sección Información y Enseñanza de la Dirección de Agronomía) " 624.- Total $ 3.084.-

Artículo 4Artículo 4

Esta planilla empezará a regir desde el 1.° de Enero de 1934.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 12 de mayo de 1934Promulgación (9394)
  2. 31 de mayo de 1934Publicación (9394)