Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado el día 18 del corriente, aniversario de la batalla de "Las Piedras", con motivo de la instalación de los nuevos Poderes Públicos.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado el día 18 del corriente, aniversario de la batalla de "Las Piedras", con motivo de la instalación de los nuevos Poderes Públicos.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.