Artículo 1 — Artículo 1
Tribútense honores de Ministro de Estado a los restos del eminente Profesor doctor Luis Morquio.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Tribútense honores de Ministro de Estado a los restos del eminente Profesor doctor Luis Morquio.
Artículo 2 — Artículo 2
El Instituto de Clínica Pediátrica y Puericultura de la Facultad de Medicina se denominará "Instituto de Clínica Pediátrica y Puericultura doctor Luis Morquio".
Artículo 3 — Artículo 3
Los gastos del sepelio serán de cargo del Estado y se atenderán con Rentas Generales.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.