Ley9562·1936

BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). PRESTAMOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/04/1936

Fecha de publicación

5 de febrero de 1936

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorróganse por el término de un año, a contar desde la fecha de la promulgación de la presente ley, las disposiciones de la número 9393 del 12 de Mayo de 1934.

Artículo 2Artículo 2

Podrán acogerse a los beneficios de esta ley, quienes hayan efectuado operaciones de préstamos con el Banco Hipotecario del Uruguay desde el 12 de Mayo del corriente año hasta la fecha en que la presente sea promulgada.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 21 de abril de 1936Promulgación (9562)
  2. 2 de mayo de 1936Publicación (9562)