Ley9563·1936

GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. AUTORIZACION. MERCADO AGRICOLA. PRORROGA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/04/1936

Fecha de publicación

30/04/1936

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorróganse por el término de ciento ochenta días, los beneficios concedidos por la ley Nº 9312, de 14 de Marzo de 1934, que autoriza al Municipio para permitir a la "Sociedad Anónima Concentración Nacional de Productores Agrícolas" la instalación de un Mercado Agrícola. (*)

Artículo 2Artículo 2

El plazo establecido en el artículo anterior se contará a partir del 15 de Marzo de 1936.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 28 de abril de 1936Promulgación (9563)
  2. 30 de abril de 1936Publicación (9563)