Ley9596·1936

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. VIUDA E HIJOS DE ANTONIO LLADO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de diciembre de 1936

Fecha de publicación

22/09/1936

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a la señora viuda y a los hijos del doctor Antonio Lladó una pensión de un mil quinientos sesenta pesos anuales, quedando sin efecto la que legalmente les corresponde en la actualidad.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 12 de setiembre de 1936Promulgación (9596)
  2. 22 de setiembre de 1936Publicación (9596)