Ley9606·1936

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. PRESTAMOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/10/1936

Fecha de publicación

30/10/1936

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorizar al Poder Ejecutivo y al Banco de la República Oriental del Uruguay, respectivamente, para contratar un crédito a favor del primero, por la cantidad de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) pagaderos en el transcurso de diez años, por amortizaciones anuales no inferiores a la décima parte del monto de la suma enunciada.

Artículo 2Artículo 2

El importe total de dicho crédito será invertido íntegramente en la ampliación y mejora de los servicios del "Servicio Oceanográfico y de Pesca" a fin de intensificar la producción pesquera, acrecer su industrialización y perfeccionar el sistema de venta al detalle.

Artículo 3Artículo 3

Los proventos del "Servicio Oceanográfico y de Pesca" quedarán afectados, en cada ejercicio, en la cantidad necesaria para atender los servicios de amortización e intereses anuales hasta la cancelación total de esta deuda.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 16 de octubre de 1936Promulgación (9606)
  2. 30 de octubre de 1936Publicación (9606)