Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para construir la línea férrea desde Sarandí del Yi, cruzando el río Negro por el Paso de las Piedras o sus proximidades, en dirección al Norte.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para construir la línea férrea desde Sarandí del Yi, cruzando el río Negro por el Paso de las Piedras o sus proximidades, en dirección al Norte.
Artículo 2 — Artículo 2
Las obras deberán empezarse de inmediato a la promulgación de esta ley, partiendo de Sarandí del Yi, y con los recursos que asignan las leyes de Agosto 14 de 1935 y 20 de Julio de 1936. Se tomará como base para la ejecución de las obras, los estudios ya realizados y que considere aplicables el Poder Ejecutivo, el que podrá completar el plazo del llamado a licitación ya realizado.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.