Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a don José Liborio Gadea, en su calidad de descendiente legítimo del General don José Gervasio Artigas, una pensión de cuatrocientos ochenta pesos anuales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a don José Liborio Gadea, en su calidad de descendiente legítimo del General don José Gervasio Artigas, una pensión de cuatrocientos ochenta pesos anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.