Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales hasta la cantidad de veinte mil pesos ($ 20.000.00) que invertirá en contribuciones a los Departamentos de Salto y Tacuarembó y demás gastos que se ocasionen con motivo de las fiestas de conmemoración del centenario de la creación de dichos Departamentos.