Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el plan de reajuste y conversión de los Empréstitos: Bonos oro 5% 1915, Empréstito 8% oro 1921, Bonos Exteriores 6% oro de la República Oriental del Uruguay y Bonos 6% oro Obras Públicas 1930, convenido por el señor Ministro de Hacienda, doctor don César Charlone y el señor Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario ante el Gobierno de los Estados Unidos de América, don José Richling, con el Consejo Protector de Tenedores de Bonos Extranjeros, Inc.(*)