Ley9672·1937

DEUDA PUBLICA. APROBACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/07/1937

Fecha de publicación

23/07/1937

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el plan de reajuste y conversión de los Empréstitos: Bonos oro 5% 1915, Empréstito 8% oro 1921, Bonos Exteriores 6% oro de la República Oriental del Uruguay y Bonos 6% oro Obras Públicas 1930, convenido por el señor Ministro de Hacienda, doctor don César Charlone y el señor Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario ante el Gobierno de los Estados Unidos de América, don José Richling, con el Consejo Protector de Tenedores de Bonos Extranjeros, Inc.(*)

Artículo 2Artículo 2

Queda autorizado el Poder Ejecutivo para efectuar los gastos que demande la ejecución del plan a que se refiere el artículo anterior.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 15 de julio de 1937Promulgación (9672)
  2. 23 de julio de 1937Publicación (9672)