Ley9674·1937

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. CENTROS DE SALUD PUBLICA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de marzo de 1937

Fecha de publicación

26/08/1937

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para disponer hasta la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) de Rentas Generales, para la adquisición de 20 ambulancias con destino a los Centros de Salud Pública.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 3 de agosto de 1937Promulgación (9674)
  2. 26 de agosto de 1937Publicación (9674)