Ley9682·1937

COMERCIO EXTERIOR. EXONERACION DE DERECHOS ADUANEROS. DEROGACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/08/1937

Fecha de publicación

9 de junio de 1937

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase para la lana lavada que se exporte, el derecho de exportación del 2.65%, libre de los adicionales del 1.30%.

Artículo 2Artículo 2

Deróganse las leyes del 24 de Diciembre de 1923 y 22 de Octubre de 1931 sobre franquicias a la exportación de lana lavada.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 28 de agosto de 1937Promulgación (9682)
  2. 6 de setiembre de 1937Publicación (9682)