Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para tributar a los restos del ex Presidente de la República, doctor don Juan Campisteguy, en el momento de su inhumación, los honores determinados por el Código Militar para el Jefe del Estado.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para tributar a los restos del ex Presidente de la República, doctor don Juan Campisteguy, en el momento de su inhumación, los honores determinados por el Código Militar para el Jefe del Estado.
Artículo 2 — Artículo 2
Los gastos que demanden las exequias del referido ciudadano serán costeados por el Tesoro Nacional.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.