Ley9750·1937

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. VIUDA E HIJA DE HECTOR A. MAC-COLL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/12/1937

Fecha de publicación

1 de marzo de 1938

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase a la señora viuda e hija del doctor Héctor A. Mac-Coll, una pensión graciable de novecientos sesenta pesos anuales, en sustitución de la legal que les corresponde.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 23 de diciembre de 1937Promulgación (9750)
  2. 3 de enero de 1938Publicación (9750)