Artículo 1 — Artículo 1
El Poder Ejecutivo, al dar cumplimiento a la ley de 24 de Marzo próximo pasado, dispondrá que sean depositados en el Panteón Nacional, junto a las cenizas del Padre de la Patria, don José Artigas, los restos del que fuera su fiel asistente, don Manuel Antonio Ledesma.