Ley9827·1939

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JOSE CATALA MOYANO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/05/1939

Fecha de publicación

25/05/1939

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese, por gracia especial, al Padre don José Catalá Moyano, una pensión alimenticia e inembargable de setecientos veinte pesos anuales ($ 720.00), en sustitución de la jubilación legal que actualmente percibe de veintidós pesos mensuales ($ 22.00), sujeta a los descuentos que correspondan.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de mayo de 1939Promulgación (9827)
  2. 25 de mayo de 1939Publicación (9827)