Ley9876·1939

VIALIDAD Y OBRAS PUBLICAS. DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/09/1939

Fecha de publicación

20/09/1939

Artículos (12)

Artículo 1Artículo 1

Las utilidades que produzcan en el año 1939 la compraventa de monedas extranjeras por efecto de lo dispuesto en el decreto de 31 de diciembre de 1938, se destinarán en la siguiente forma: A) Para vialidad ...................................... $ 1.405.000 B) Para saneamiento y aguas corrientes ................ " 510.000 C) Para equipos y repuestos del Instituto Geológico del Uruguay ............................................ " 50.000 D) Para Hidrografía ................................... " 250.000 E) Para construcciones, reparaciones y ampliaciones de edificios públicos ................. " 891.380 F) Para ampliaciones y reparaciones de la red telegráfica nacional y de la red telefónico policial............................. " 100.000 G) Para Salud Pública.................................. " 733.620 H) Para la terminación del edificio central de la Aduana de Montevideo y para construcción de puestos de vigilancia aduanera................................. " 90.000 I) Para contribución, en efectivo, del 25% destinado a la construcción de viviendas económicas ............................... " 750.000 J) Para abonar obligaciones derivadas de arbitrajes ... " 120.000 K) Para pago de expropiaciones ........................ " 100.000 Total general........................ $ 5.000.000(*)

Artículo 2Artículo 2

Las cantidades fijadas en el artículo anterior se distribuirán en la siguiente forma: A) Vialidad 1.º Carretera San Carlos-Rocha (incluyendo el puente en el arroyo Rocha)............................$ 400.000 2.º Paysandú. Puente en el arroyo Rabón (camino de Young a Paysandú).............................." 55.000 3.º Carretera San José-Trinidad (accesos a puentes).........." 35.000 4.º Carretera a San José-Casarena (continuación)............." 25.000 5.º Paysandú. (Continuación camino paso de Araújo)..........." 10.000 6.º Artigas. (Arreglos camino Colonia La Palma a Tomás Gomensoro y acceso puente arroyo Pelado)............................." 15.000 7.º Durazno. (Continuación carretera Villasboas a Molles)...." 30.000 8.º Durazno.(Continuación camino Las Tunas-Carmen ..........." 30.000 9.º Durazno. (Arreglo camino Ombúes Oribe a Sarandí de Cuadra)..............................." 10.000 10 Colonia. Camino Carmelo-Palmira (refuerzo de rubro)......" 10.000 11 Colonia. Camino Palmira-Dolores (refuerzo para expropiaciones y alambrados)............................." 10.000 12 Colonia. Camino Palmira-Cardona (continuación) " 50.000 13 Soriano. Carretera de puente del Sauce a kilómetro 36-800 (para comenzar los trabajos)............................ " 50.000 14 Soriano. Carretera de Mercedes a Vera (para recargo general de la existente)............. " 40.000 15 Rivera. Camino Masoller-Bajada de Pena - Tranqueras (arreglos).............................................. " 30.000 16 Rivera. Puente sumergible en "La Calera"................ " 40.000 17 Lavalleja. Puente en "Marmarajá"........................ " 80.000 18 Canelones. Carretera Sauce - Pantanoso (prolongación)...." 15.000 19 Treinta y Tres. Puente en el paso de Sánchez del arroyo Yerbalito ............................" 15.000 20 Flores. Camino Picada de Varela-Trinidad (continuación).." 15.000 21 Flores. Camino Trinidad - Arroyo Grande (firme sobre obras de arte).............................." 10.000 22 Cerro Largo. Carretera bañado Aceguá-Marco-Aceguá (complemento de obra)................" 15.000 23 Cerro Largo. Camino Melo-Río Branco (arreglos)..........." 10.000 24 Florida. Cerro Colorado-Illescas-Nico Pérez (obras de arte)...................................." 20.000 Total para "Obras de Vialidad ............. $ 1.020.000 A) Estudios de Vialidad, según la distribución siguiente 1.º Para estudios de caminos de la red troncal................$ 90.000 2.º Para estudios de caminos secundarios......................" 10.000 Total para "Estudios de Vialidad".............................$ 100.000 Dichas sumas se destinarán con preferencia para el estudio de las siguientes vías: 1.º Camino del paso del puerto a Paysandú. 2.º Camino de Paysandú a Salto y Artigas. 3.º Camino de Treinta y Tres al puente de Otazo. 4.º Camino de Paso de los Toros a Tacuarembó y Rivera. 5.º Camino de Carmelo a Palmira por Camacho. 6.º Camino de Cufré a la carretera nacional. 7.º Camino de Salto a Tacuarembó (en Departamento de Salto). 8.º Camino de Paso del Borracho al puente de Carpintería. 9.º Camino de Rivera a Vichadero. 10. Camino de Mercedes a Vera y paso de Lugo. 11. Camino de Canelones - San Antonio - Santa Rosa - San Jacinto - playas del Este. 12. Camino de Ombúes de Lavalle a paso de Antolín. 13. Puente del paso del Sauce del Batoví en Tacuarembó. 14. Camino Boca de Rosario a carretera nacional. b) Obras con contribución municipal o vecinal (a realizarse de acuerdo con el artículo 2º.......................................... $ 250.000 C) Para viáticos en general ............................... " 10.000 d) Para obras indispensables a juicio del Ministerio de Obras Públicas............................ " 25.000 Total destinado a "Obras de Vialidad" ................ $ 1.405.000 B) Saneamiento y aguas corrientes 1.º Maldonado ............................................. $ 56.000 2.º La Cruz (Florida) ..................................... " 15.000 3.º Pirarajá (Lavalleja)................................... " 15.000 4.º Mariscala (Lavalleja).................................. " 15.000 5.º Vergara (Treinta y Tres)............................... " 15.000 6.º Cerro Chato ........................................... " 15.000 7.º Zapicán (Lavalleja).................................... " 15.000 8.º Costa Azul (Canelones)................................. " 6.000 9.º José Pedro Varela (Lavalleja).......................... " 15.000 10 Treinta y Tres (ampliación de la estación de depuración)................................ " 20.000 11 Dolores (complemento de las obras de abastecimiento de aguas potables)...................... " 75.000 12 Paysandú (electrificación de la Usina)................. " 35.000 13 Durazno (electrificación de la Usina).................. " 25.000 14 Isla Mala (Florida).................................... " 15.000 15 Casupá (Florida)....................................... " 15.000 16 Fray Marcos (Florida).................................. " 15.000 17 Carmelo (ampliación de redes).......................... " 6.000 Total ........................................ $ 373.000 b) Obras diversas en los Servicios de Explotación 1.º Salto. Reparación de los filtros, del depósito de agua filtrada, de la azotea de la Usina y cambio del material filtrante............ $ 4.500 Pintura de los depósitos de distribución de agua....... " 3.500 2.º Paysandú. Reparación de los filtros, del depósito de agua filtrada, de los edificios de la Usina y cambio del material filtrante.. " 4.900 Pintura de los depósitos de distribución de agua....... " 5.500 3.º Mercedes. Reparación de los filtros, del depósito de distribución de agua e instalación de obras sanitarias en la casa del Jefe de la Usina............. " 5.000 4.º Juan L. Lacaze. Ampliación del tanque de aguas corrientes, de la red de distribución y perforación ... " 11.500 5.º Young. Ampliación de la red de distribución............ " 8.000 6.º Sifones auxiliares a instalarse en diez diversos servicios (cámaras de limpieza)............... " 3.400 7.º Bocas de descarga e hidrantes a construirse en varios puntos terminales de tuberías en funcionamiento ......................... " 1.200 Total ...............................................´$ 47.500 c) Perforaciones 1.º Río Negro. Colonia San Javier. 2.º Río Negro. Nuevo Berlín. 3.º Canelones. Atlántida. 4.º Tacuarembó. Curtina. 5.º Tacuarembó. Paso del Borracho. 6.º Tacuarembó. Paso del Cerro y Piedra Sola, (pesos 1.500.00) para cada una. 7º Florida. Mendoza. 8º Paysandú. Pueblo Tarugo, 9.ª Sección. 9º Rivera. Minas de Corrales. 10 Rivera. Yaguarí, Paso de la Puente. 11 Artigas. Cerro Topador. Total 10 perforaciones a $ 3.000.00 c/u. $ 30.000 2 Perforaciones a $ 1.500.00 cada una " 3.000 Total .............................. $ 33.000 d) Habilitación de perforaciones ya ejecutadas 1.º Molinos y red de distribución. (1.ª categoría): 1.º Artigas. Cuaró ....................................... $ 4.000 2.º Artigas. Tres Cruces ................................. " 4.000 3.º San José. Mal Abrigo ................................. " 4.000 4.º Florida. Las Chilcas ................................. " 4.000 5.º Flores. Arroyo Grande ................................. " 4.000 Importe total ....................................... $ 20.000 2.º Molinos sin red (2.ª categoría): 1.º Salto. San Antonio .................................... " 2.000 2.º Salto. Colonia Saucedo ................................ " 2.000 3.º Salto. Colonia Lavalleja .............................. " 2.000 4.º Durazno. Colonia Rossell .............................. " 2.000 5.º Artigas. Allende ...................................... " 2.000 6.º San José. Raigón ...................................... " 2.000 7.º Soriano. Palmitas ..................................... " 2.000 8.º Colonia. Pueblo Gil ................................... " 2.000 9.º Florida. Polanco del Yí ............................... " 2.000 10 Colonia. Ombúes de Lavalle ............................ " 2.000 Importe total ....................................... $ 20.000 3.º Bombas de mano: 1.º Florida. Pintado ....................................... " 300 2.º Rocha. Garzón .......................................... " 300 3.º Canelones. Piedras de Afilar ........................... " 300 4.º Rocha. La Coronilla .................................... " 300 5.º Colonia. Barker ........................................ " 300 Importe total ........................................ $ 1.500 e) Para imprevistos y pequeñas ampliaciones a juicio del Ministerio de Obras Públicas ....................... " 5.000 f) Para gastos de estudios y viáticos en general .......... " 10.000 Total destinado a saneamiento y agua corrientes...... " 510.000 C) Instituto Geológico del Uruguay Para equipos y repuestos del Instituto Geológico ...................... $ 50.000 D) Hidrografía a) Para las obras siguientes: 1.º Puerto de Colonia. Regularización del acceso al muelle, muro de defensa longitudinal, zona de estacionamiento, pabellón de pasajeros, reparación del muelle de madera y prolongación de la escollera .........................$ 104.000 2.º Punta del Este. Amarrazones, varadero y reparación de muelles................................................ " 30.000 3.º Puerto del Buceo. Regularización de la explanada y refuerzo de la escollera............................... " 50.000 4.º Canal número 1 del Departamento de Rocha. Puente, pasarelas y accesorios................................. " 18.500 5.º Muelle en Nuevo Berlín (Departamento de Río Negro)..... " 10.000 6.º Dolores. Depósito en el muelle actual.................. " 20.000 7.º Locales de reparo para el personal y público en los pasos de "Palmar de Porrúa", "Romero" y "Ramírez"...... " 3.000 b) Para gastos de estudios y viáticos .................... " 5.000 c) Para imprevistos ...................................... " 9.500 Total para hidrografía .............................. $ 250.000 E) Construcción, reparación y ampliación de edificios públicos a) Construcción, reparación y ampliación de Escuelas Industriales y de plazas de deportes: 1.º Artigas. Escuela Agrario-Industrial .....................$ 21.000 Pabellón de la plaza de deportes ........................" 5.000 2.º Rivera. Refacción de la Escuela Industrial..............." 12.000 Escuela Agraria-Industrial de Minas de Corrales.........." 10.000 3.º Lavalleja. Escuela Industrial ..........................." 30.000 4.º Paysandú. Escuela Industrial ............................" 40.000 5.º Treinta y Tres. Escuela Industrial (Pabellón de Herrería)" 2.500 6.º Soriano. Escuela Industrial en la villa de Soriano......." 8.000 Escuela Industrial de Mercedes..........................." 10.000 7.º Colonia. Plaza de deportes de Nueva Helvecia. (Complemento)............................................" 2.500 Plaza de deportes de Rosario ............................" 3.500 Plaza de deportes de Juan Lacaze........................." 5.000 8.º Salto. Plaza de deportes (Complemento)..................." 2.500 9.º Treinta y Tres. Plaza de deportes ......................." 8.000 10 Montevideo. Plaza de deportes Nº 2 (Complemento)........." 5.000 11 Río Negro. Plaza de deportes en Fray Bentos (Pabellón)..." 5.000 Plaza de Deportes en Young (Pabellón)...................." 4.000 12 Durazno. Plaza de deportes (Pabellón)...................." 5.000 13 Canelones. Plaza de deportes en Pando (Pabellón)........." 5.000 Total..................................................$ 184.000 b) Edificios Policiales 1.º Para la construcción de Edificios Policiales a razón de ocho mil pesos por cada uno de los Departamentos del Litoral e Interior .................... $ 144.000 2.º Para reparaciones de Edificios Policiales en los Departamentos del Litoral e interior ............. " 56.000 Total $ 200.000 c) Reparación y ampliación de Edificios Escolares 1.º Artigas: Escuela de Bella Unión ................................ $ 1.200 Escuela Coronado ...................................... " 3.000 Escuela Cuaró Chico ................................... " 2.000 Suma ................................... $ 6.200 2.º Paysandú: Escuela número 2 ...................................... " 4.500 Escuela número 6 ...................................... " 1.400 Escuela número 64 ..................................... " 1.500 Suma ................................... $ 7.400 3.º Flores: Escuela número 4 ...................................... " 5.400 Escuela número 2 ...................................... " 3.200 Suma .................................... $ 8.600 4.º Rivera: Escuela número 11 ..................................... " 4.500 Escuela número 37 ..................................... " 2.000 Escuelas números 1 y 2 ................................ " 7.000 Sumas ................................... $ 13.500 5.º Salto: Escuelas .............................................. " 5.100 6.º San José: Escuela número 48 ..................................... $ 1.200 Escuela número 4 ...................................... " 6.000 Escuela número 55 ..................................... " 2.500 Escuela número 22 ..................................... " 2.800 Suma .................................... $ 12.500 7.º Tacuarembó: Escuela número 12 ..................................... " 2.000 Escuelas números 31 y 53 .............................. " 2.000 Escuela número 57 ..................................... " 3.000 Escuela Paso del Cerro ................................ " 1.200 Suma .................................... $ 8.200 8.º Canelones: Escuela número 121 .................................... " 1.500 Escuela Mosquitos ..................................... " 3.900 Suma .................................... $ 5.400 9.º Maldonado: Escuela número 6 ...................................... " 5.400 Escuela número 47 ..................................... " 3.100 Suma .................................... $ 8.500 10 Rocha: Escuela número 3 ...................................... " 6.000 Escuela 2º grado número 5 ............................. " 6.400 Escuela número 18 ..................................... " 3.000 Suma .................................... $ 15.400 11 Durazno: Escuela número 23 ..................................... $ 4.500 Escuela número 42 ..................................... " 4.700 Escuela número 13 ..................................... " 2.000 Escuela número 15 ..................................... " 1.500 Suma .................................... $ 12.700 12 Treinta y Tres: Huerta "La Calera" .................................... " 1.800 Escuela 2º grado número 1 ............................. " 1.400 Escuela 2º grado número 2 ............................. " 2.000 Escuela Rural número 4 ................................ " 1.000 Escuela Rural número 17 Vergara ....................... " 1.300 Escuela Rural número 20 ............................... " 1.500 Escuela Rural número 32 ............................... " 1.200 Escuela Rural número 34 ............................... " 1.600 Suma ................................... $ 11.800 13 Colonia: Escuela número 75 ..................................... $ 1.700 Escuela número 34 ..................................... " 1.600 Escuelas números 2 y 3 ................................ " 2.200 Escuela número 83 ..................................... " 2.000 Escuela número 28 ..................................... " 2.700 Escuela número 41 ..................................... " 1.900 Escuela número 21 ..................................... " 1.500 Escuela número 91 ..................................... " 1.000 Escuela número 44 ..................................... " 2.000 Escuela número 77 ..................................... " 3.500 Escuela número 57 ..................................... " 1.000 Escuela número 82 ..................................... " 1.000 Suma ................................... $ 22.100 14 Lavalleja: Escuela número 9 ...................................... " 2.300 Escuela número 63 ..................................... " 2.000 Escuela número 17 ..................................... " 2.900 Escuela número 6 ...................................... " 3.500 Escuela número 10 (Aiguá) ............................. " 1.500 Suma ................................... $ 12.200 15 Florida: Escuelas Rurales ...................................... " 5.000 16 Cerro Largo: Tupambaé .............................................. $ 4.500 Guazunambí ............................................ " 5.000 2º grado número 5 ..................................... " 1.200 Suma .................................. $ 10.700 17 Río Negro: Nuevo Berlín .......................................... " 3.000 Young número 17 ....................................... " 3.000 Paso de la Cruz ....................................... " 500 Tres Arboles número 20 ................................ " 500 Fray Bentos número 27 ................................. " 4.000 Suma ................................. $ 11.000 18 Soriano: Escuela número 12 ..................................... $ 5.000 Escuela número 26 ..................................... " 4.500 Suma ................................. $ 9.500 19 "Escuela Artigas" en la República del Paraguay ..... " 6.700 Total ................................... $ 192.500 20 "Liceo Maldonado". Contribución por una sola vez, a efecto de integrar la suscripción iniciada por el vecindario y siempre que ésta llegue hasta igual cantidad .................................... " 25.000 21 Sala de Auxilios de Juan L. Lacaze. Contribución por una sola vez, a efecto de integrar la suscripción del vecindario y siempre que ésta llegue hasta igual cantidad ....................... " 10.000 22 Sala de Auxilios de Tomás Gomensoro. Contribución por una sola vez, a efecto de integrar la contribución del vecindario y siempre que ésta llegue hasta igual cantidad ....................... " 2.000 d) El Ministerio de Obras Públicas queda autorizado para contratar directamente estos trabajos en cada localidad o para entregar su importe a las respectivas Comisiones de Fomento Escolar, con la obligación por parte de éstas, de rendir cuentas. e) Reparación y ampliación de hospitales, liceos y demás edificios públicos. 1.º Montevideo: Facultad de Medicina. (Incluyendo reparación de la biblioteca)........................ $ 11.000 Universidad de Mujeres. (Laboratorios)........... " 10.000 2.º Río Negro: Hospital de Fray Bentos (Reparación y ampliación)...... " 7.280 3.º Colonia: Hospital de Colonia ................................... " 4.800 4.º Flores: Juzgado Letrado Departamental ......................... " 10.000 5.º San José: Liceo de San José (Ampliaciones y reparaciones en el edificio adquirido por suscripción popular) .......... " 50.000 6.º Paysandú: Hospital Galán y Rocha ................................ " 7.500 Estación Agronómica ................................... " 7.000 Liceo (complemento) ................................... " 50.000 Pabellón para tuberculosos ............................ " 80.000 7.º Salto: Oficinas Públicas ..................................... " 3.000 Estación Agronómica ................................... " 2.500 Resguardo de Constitución ............................. " 1.000 8.º Artigas: Subreceptoría de Ramos ................................ " 400 9.º Rivera: Sala de Auxilios de Minas de Corrales, (Ampliación y reparación)............................................ " 3.500 Hospital de Rivera. (Ampliación y reparación).......... " 6.500 Total ............................ $ 255.880 f) Obras diversas, imprevistos y pequeñas reparaciones a juicio del Ministerio de Obras Públicas ........... " 8.400 g) Vigilancia y viáticos para las obras antedichas que dependan de la Dirección de Arquitectura ............ " 15.000 Total ............................ $ 891.380 F) Red telegráfica nacional y telefónica policial Para la reparación y ampliación de la red telegráfica nacional y de la red telefónica policial .............. $ 100.000 G) Salud Pública 1.º Hospital de Clínicas. Para pago de deudas pendientes con los contratistas por cuentas certificadas hasta el 12 de Agosto de 1939. Total certificado ............................... $ 583.620 2.º Instituto de Radiología. Cuota inicial, debiendo incluirse el saldo del contrato en los ejercicios subsiguientes y con cargo a futuros recursos del cambio.......... " 150.000 Total ............................ $ 733.620 H) Aduanas 1.º Para la terminación del edificio central de Montevideo (cuota inicial)...................... $ 40.000 2.º Para puestos de vigilancia aduanera en la frontera a construirse en los siguientes parajes: 1º Caquero, 2º Puntas de Batoví, 3º Capón Alto, 4º Pío López, 5º Villa Indarte, 6º Tres Vendas, 7º Marco de Martel, 8º Cina Cina, 9º Marco de Cerrillada, 10 Isla de San Luis, 11 Marco de Lageado, 12 Paso de la Hormiga, 13 Marco de López, 14 Galpones, 15 Ritas de Platón, 16 Marco de Barros, 17 Marco de Serpa, 18 Batoví, 19 Corrales, 20 Yaguarí, 21 San Luis, 22 Cuchilla Negra .......... " 50.000 Total ................................... $ 90.000 I) Viviendas económicas 1º Contribución en efectivo del 25% destinado a la construcción de viviendas económicas para los Departamentos del litoral e interior ................... $ 250.000.00 2º Contribución en efectivo del 25% destinado a la construcción de viviendas económicas para el Departamento de Montevideo .......................... " 500.000.00 Total .................................................. $ 750.000.00 (*) J) Para abonar obligaciones derivadas de arbitrajes pendientes ......................................... " 120.000 K) Para pago de expropiaciones ........................ " 100.000 Las ampliaciones y reparaciones a que hace referencia este artículo, se realizarán exclusivamente en fincas de propiedad del Estado, vertiéndose los recursos no aplicados por esta circunstancia, al rubro de "Obras diversas e imprevistos".

Artículo 3Artículo 3

Queda facultado el Ministerio de Obras Públicas siempre que a su juicio la Dirección de Vialidad no dispusiera perentoriamente de los elementos necesarios a tal fin, para contratar con ingenieros nacionales y mediante precios unitarios o globales, el estudio de las obras antedichas.

Artículo 4Artículo 4

La construcción, reparación o reformas de los edificios policiales y su contralor, podrán ser confiados a las Intendencias Municipales o a las propias Jefaturas de Policía, cuando su costo no exceda de dos mil pesos y mediante decreto del Presidente de la República con los Ministros del Interior y Obras Públicas. Cuando el monto de las obras referidas exceda de quinientos pesos deberán ser licitadas.

Artículo 5Artículo 5

Si los recursos indicados en el artículo 1º no alcanzaren para cubrir las afectaciones previstas en el mismo, deberá preverse el complemento necesario, en primer término, en el plan de obras públicas que el Poder Ejecutivo elevará para el ejercicio 1940, antes del 31 de diciembre de 1939.

Artículo 6Artículo 6

El Ministerio de Obras Públicas antes del 1.º de enero de 1940, determinará la red troncal de caminos del país, teniendo en cuenta las radiales a los puertos, los accesos a las estaciones ferroviarias, los que den acceso a los países limítrofes y los que intercomuniquen las ciudades importantes y centros de población y de producción, coordinando en lo posible los transportes carreteros con los fluviales, marítimos, ferroviarios y aéreos.

Artículo 7Artículo 7

El Ministerio de Obras Públicas establecerá las condiciones generales del trazado y ancho de los caminos, que se determinará de acuerdo con la legislación vigente. El trazado de los caminos se hará respetando en lo posible los existentes.

Artículo 8Artículo 8

(*)

Artículo 9Artículo 9

A) Se destina la cantidad de $ 750.000.00, para la creación de un fondo con el fin de estimular la construcción de viviendas económicas. B) Con sujeción a la ley número 9.385 del 10 de Mayo de 1934, el Banco Hipotecario del Uruguay podrá conceder préstamos hasta la cantidad de un millón doscientos mil pesos ($ 1:200.000.00) en títulos para la construcción de viviendas económicas en la Capital, edificadas de acuerdo con la ley número 9.723, de 19 de Noviembre de 1937. El préstamo del Banco será hasta el setenta y cinco por ciento (75%) del valor integral de cada construcción. El Instituto Nacional de Viviendas Económicas otorgará en segundo término un préstamo en efectivo por el veinticinco por ciento (25%) de ese valor con cargo al fondo especial creado por esta ley. El Banco de la República podrá conceder préstamos adicionales por el importe de la depreciación de los títulos con sujeción a lo dispuesto por la ley de 12 de Mayo de 1934. El precio total de cada vivienda, incluidos terrenos, construcciones, mejoras, gastos, etc., no podrá exceder de cuatro mil quinientos pesos ($ 4.500.00). El Banco Hipotecario del Uruguay podrá también conceder al Instituto Nacional de Viviendas Económicas, préstamos en títulos hasta la cantidad de un millón ochocientos mil pesos ($ 1:800.000.00), para la construcción de viviendas económicas colectivas o en barrios organizados, en las poblaciones de los Departamentos del litoral e interior de la República. Estos préstamos serán como en el caso anterior, hasta el setenta y cinco por ciento (75%) del valor integral de cada construcción. (*) C) Los préstamos que se concedan devengarán un 5% de interés anual y la amortización acumulativa que le corresponda para que la deuda se extinga en no más de treinta años por medio de cuota fija, pero el Instituto Nacional de Viviendas Económicas, sólo abonará el 3%. La diferencia entre el interés servido por el Banco a los tenedores de títulos y el percibido de los deudores, será atendida por Rentas Generales, así como también, la comisión del Banco Hipotecario por estas operaciones, la cual no podrá exceder del medio por ciento anual. (*) D) El Instituto Nacional de Viviendas Económicas queda exonerado del pago de las tasaciones, inspecciones, etc, necesarias para realizar sus operaciones. (*) E) La construcción de las viviendas será hecha de acuerdo con lo que establece la ley número 9723 de 19 de Noviembre de 1937. (*) F) Los préstamos para viviendas individuales serán acordados por el Banco al Instituto y se entregarán una vez terminada la construcción. Mientras no se escrituren a los compradores, la operación estará a cargo del Instituto, no rigiendo para estos casos la limitación que establece el artículo 58 de la ley Orgánica. Los préstamos para viviendas colectivas o barrios organizados se entregarán por cuotas, de acuerdo con el artículo 60 de la ley Orgánica del Banco. (*) G) (*) H) El adquirente deberá tomar a su cargo en el Banco de Seguros del Estado un seguro de vida a capital variable por el importe del 50% de la deuda que grave la propiedad. Con este fin el Instituto Nacional de Viviendas Económicas abonará de oficio, y por cuenta y cargo del adquirente, la prima que corresponda, cuyo importe será reintegrado por éste conjuntamente con la cuota de intereses y amortización que resulte. En caso de fallecimiento del adquirente el Banco de Seguros del Estado abonará al Instituto Nacional de Viviendas Económicas el 50% del saldo de la deuda, el cual, a su vez, entregará al Banco Hipotecario del Uruguay y al de la República, si correspondiera el importe proporcional a sus respectivos saldos. (*) I) La cuota que pague el adquirente será única e indivisible y se aplicará en los siguientes grados de preferencia: 1.o Servicio de la deuda con el Banco Hipotecario y la cuota del seguro. 2.o Servicio de la deuda con el Instituto Nacional de Viviendas Económicas por el préstamo en efectivo. 3.o Servicio del préstamo del Banco de la República por el importe de la depreciación de los títulos. J) Mientras no se haya cancelado por lo menos la mitad del préstamo del Banco, las fincas deberán ser habitadas por el adquirente, su familia y personas a su cargo. En caso de incumplimiento o en los casos establecidos por el artículo 37 de la ley 19 de Noviembre de 1937, el Banco podrá previa intimación judicial, con término no menor de quince días, para regularizar la situación, tomar la posesión, en los términos del artículo 74 de su ley Orgánica. K) Serán de cargo de Rentas Generales los posibles déficit que experimente el Banco Hipotecario del Uruguay en la liquidación de estos préstamos. L) Las propiedades edificadas al amparo de esta ley gozarán de las franquicias que establece la ley 19 de Noviembre de 1937, rigiendo en todo lo demás las prescripciones de la ley número 9385.

Artículo 10Artículo 10

Amplíase la Deuda Obras Públicas 1936 en la suma de $ 3.500.000.00 para el pago de obligaciones pendientes por los siguientes conceptos: A) Cancelación del déficit correspondiente al plan de Obras Públicas, autorizado por la ley número 9641 de 31 de Diciembre de 1936 y leyes complementarias. B) Saldo del crédito del Banco de la República, al Fondo de Obras Públicas, autorizado por ley número 9146 de fecha 30 de Noviembre de 1933. C) Saldo correspondiente a Construcciones Militares. D) Los pagos de las obligaciones se harán con intervención directa del Ministerio de Obras Públicas y deberán liquidarse en cuenta especial.

Artículo 11Artículo 11

Decláranse aplicables, en lo pertinente, a las obras respectivas, que se financien por esta ley, las disposiciones de las de 19 de Octubre de 1928, complementarias y modificativas. Se declara de utilidad pública, de acuerdo con la ley de 28 de Marzo de 1912, la expropiación de los terrenos y propiedades que sean necesarios para la ejecución de las obras que se financien con fondos autorizados por esta ley. Todas las propiedades que correspondan, quedan sujetas a servidumbres de estudios, paso, busca y extracción de materiales, ocupación temporaria para depósitos de materiales y campamentos de trabajo y la de desagüe.

Artículo 12Artículo 12

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

  • Ninguna registrada.

Esta norma es afectada por

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 15 de setiembre de 1939Promulgación (9876)
  2. 20 de setiembre de 1939Publicación (9876)
  3. 4 de setiembre de 1940Modifica redacción (9953)
  4. 4 de setiembre de 1940Modifica redacción (9953)
  5. 4 de setiembre de 1940Modifica (9953)
  6. 4 de setiembre de 1940Modifica (9953)
  7. 8 de mayo de 1942Modifica redacción (10153)
  8. 8 de mayo de 1942Modifica redacción (10153)
  9. 8 de mayo de 1942Modifica redacción (10153)
  10. 8 de mayo de 1942Modifica redacción (10153)
  11. 8 de mayo de 1942Modifica (10153)
  12. 8 de mayo de 1942Modifica (10153)
  13. 17 de julio de 1942Deroga (10196)
  14. 5 de febrero de 1943Modifica redacción (10342)
  15. 26 de noviembre de 1943Modifica redacción (10453)
  16. 17 de setiembre de 1951Modifica redacción (11708)
  17. 17 de setiembre de 1951Deroga (11708)