Ley9895·1939

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. FUNCIONARIOS. REMUNERACIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/12/1939

Fecha de publicación

1 de marzo de 1940

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo, para acordar al Contador de la Administración Nacional de Puertos, señor Samuel Ferrand Astengo, una retribución extraordinaria de $ 1.320.00 (mil trescientos veinte pesos), equivalente a la diferencia de sueldos por el año 1935, entre su cargo titular 2º Contador y el de Contador General, que desempeñó por hallarse vacante, habiendo llenado los requisitos exigidos por el decreto de 15 de Febrero de 1934, artículo 2º y artículo 4º de la ley de Ordenamiento Financiero y Presupuestal de Enero 31 de 1935.

Artículo 2Artículo 2

Dicha erogación será imputada a las economías en los rubros presupuestales de la Administración Nacional de Puertos.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 15 de diciembre de 1939Promulgación (9895)
  2. 3 de enero de 1940Publicación (9895)