Ley9905·1939

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA. AUTORIZACION. ENAJENACION DE BIENES INMUEBLES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/12/1939

Fecha de publicación

1 de setiembre de 1940

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Ministerio de Salud Pública para proceder a la venta de las siguientes propiedades, sobre la base de la tasación que de las mismas practiquen las oficinas técnicas del Estado: Cerrito 333-49 esquina Solís 1503-21 con un superficie de 717 metros cuadrados, empadronada con el número 2855; Solís 1525-27 con una superficie de 246 metros cuadrados, empadronada con el número 2856; Cerrito 632, con una superficie de 245 metros cuadrados, empadronada con el número 4545; Cuareim 1046 con una superficie de 101 metros cuadrados y empadronada con el número 8511; Buenos Aires 389-91, con una superficie de 104 metros cuadrados, empadronada con el número 3945.

Artículo 2Artículo 2

El producido de esta operación se destinará íntegramente a la adquisición de una propiedad rural y construcción de los edificios necesarios para la instalación de una Colonia de Leprosos.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 30 de diciembre de 1939Promulgación (9905)
  2. 9 de enero de 1940Publicación (9905)