Ley9908·1939

CONSEJO DEL NIÑO. PRESUPUESTO. AUTORIZACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/12/1939

Fecha de publicación

1 de noviembre de 1940

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Destínase la cantidad de sesenta mil pesos ($ 60.000.00) anuales para refuerzo de la partida ítem 2.03 (1) "Para alimentación de personas, servicios contratados o pagos en metálico del Consejo del Niño".

Artículo 2Artículo 2

Refuérzase con la cantidad de cuarenta mil pesos ($ 40.000.00) la partida ítem 3.09 (2) "Vestuario y artículos afines" del mismo Consejo. La suma de cien mil pesos ($ 100.000.00) a que ascienden estos refuerzos será atendida con el producido de la ampliación del impuesto que crea la ley de 28 de Abril de 1939 a las industrias protegidas por el Estado.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 30 de diciembre de 1939Promulgación (9908)
  2. 11 de enero de 1940Publicación (9908)