Ley9963·1940

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JUAN GUGLIELMETTI

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/10/1940

Fecha de publicación

31/10/1940

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase al doctor Juan Guglielmetti, una pensión graciable, vitalicia e inembargable, de tres mil seiscientos pesos ($ 3.600.00) anuales, en sustitución de las legales que por cualquier concepto pudieran corresponderle.

Artículo 2Artículo 2

El cincuenta por ciento de esta pensión pasará a sus hermanas solteras en el caso que existieran, cuando faltare el beneficiario, siempre que carezcan de recursos y hubieran vivido a expensas del causante.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 25 de octubre de 1940Promulgación (9963)
  2. 31 de octubre de 1940Publicación (9963)