Ley9984·1940

DEUDA PUBLICA. AMPLIACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/12/1940

Fecha de publicación

26/12/1940

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Amplíase en la cantidad de trescientos cincuenta mil pesos valor nominal, la Deuda "Bonos de Pavimentación - Ciudades del Interior" con interés del cinco por ciento (5%) anual y dos por ciento (2%) de amortización anual acumulativa. Esa cantidad se destinará al pago de pavimento de hormigón de Nueva Helvecia (Departamento de Colonia) de conformidad con la presente ley.

Artículo 2Artículo 2

Los propietarios de los inmuebles sujetos al pago de las obras de pavimentación de la Villa de Nueva Helvecia, reintegrarán el importe de las cuotas que les corresponda en las condiciones establecidas en la ley número 9663, de 20 de Junio de 1937.

Artículo 3Artículo 3

La Intendencia Municipal del Departamento de Colonia realizará los estudios y proyectos correspondientes y previa aprobación de los mismos por el Ministerio de Obras Públicas, convocará a licitación pública para la ejecución de las obras.

Artículo 4Artículo 4

Si pasado el término de un año desde la sanción de la presente ley no se hubiera efectuado el llamado a licitación para la ejecución de las obras, quedará la presente ley sin efecto.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de diciembre de 1940Promulgación (9984)
  2. 26 de diciembre de 1940Publicación (9984)