Artículo 1 — Artículo 1
Derógase el decreto 315/982, de 2 de setiembre de 1982.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
4 de enero de 1983
Fecha de publicación
27 de enero de 1983
Artículo 1 — Artículo 1
Derógase el decreto 315/982, de 2 de setiembre de 1982.
Artículo 2 — Artículo 2
Inclúyese en el artículo 1º, del decreto 756/968, de 18 de diciembre de 1968 la exportación que se efectúe con tops de lana peinada y con conservas de carne bovina.
Artículo 3 — Artículo 3
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en dos diarios de la capital.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, etc