Artículo 1 — Artículo 1
Todo documento oficial de los organismos estatales deberá llevar, hasta la finalización del año 1975, la mención "Año de la Orientalidad".
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
4 de febrero de 1975
Fecha de publicación
13 de febrero de 1975
Artículo 1 — Artículo 1
Todo documento oficial de los organismos estatales deberá llevar, hasta la finalización del año 1975, la mención "Año de la Orientalidad".
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.