Artículo 1
Artículo 1.- Modificase el inciso B del artículo 9º del Reglamento de la Escuela de Músicos del Ejército aprobado por decreto 4.983 (Ministerio de Defensa Nacional), del 31 de mayo de 1945, modificado por los decretos 13.220, del 21 de febrero de 1949 y 726/968, del 3 de diciembre de 1968, el que quedara redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 9º (Inciso B). - Haber cumplido 16 años al 1o de diciembre del año anterior al del ingreso y ser menor de 19 años de edad.