Decreto1009-1975·1975

Modificación de tarifas de los servicios de autobalsa del cruce Salto - Concordia prestados por la Dirección de Hidrografía

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29 de diciembre de 1975

Fecha de publicación

16 de enero de 1976

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Establécense -a partir del 1.o de enero y hasta el 30 de junio de 1976- las siguientes tarifas para los servicios de autobalsa que la Dirección de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas presta en el cruce internacional de Salto (R.O.U.) - Concordia (R.A.): Automóviles, camionetas y traillers N$ 35.50 m/u. $ 142.000 m/a. Omnibus, camiones y acoplados N$ 120.00 m/u. $ 480.000 moneda argentina. Motos, motonetas y bicicletas N$ 7,50 m/u. $ 30.000 m/a.

Artículo 2Artículo 2

Déjase sin efecto el decreto 516/975 de fecha 26 de junio de 1975.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.