Decreto101-1981·1981

Modificación del decreto 48/980 relativo al pago de las empresas periodísticas por la actividad que prestan a dependencias de los incisos del Presupuesto nacional que se determina

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de marzo de 1981

Fecha de publicación

19 de marzo de 1981

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Exceptúase del régimen de retención establecido por el decreto 348/980 de 11 de junio de 1980, a todas las empresas periodísticas que presten servicios de publicidad, propaganda, información y similares cursados por la Dirección Nacional de Relaciones Públicas (DINARP) estableciéndose para el cobro el sistema especial de pago de diez días.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.