Artículo 1 — Artículo 1
Fíjanse las siguientes detracciones por cada un (1) quilogramo a las exportaciones de la mercadería que a continuación se detalla: 1) Cueros vacunos sanos N$ 2.92 (nuevos pesos dos con noventa y dos centésimos); 2) Cueros salados o pickelados de: A) Novillos y vacas sanas N$ 3.08 (nuevos pesos tres con ocho centésimos); B) Rechazo de novillos y vacas N$ 3.02 (nuevos pesos tres con dos centésimos); C) Terneras y vaquillonas sanas N$ 3.76 (nuevos pesos tres con setenta y seis centésimos); D) Terneras y vaquillonas de rechazo N$ 3.33 (nuevos pesos tres con treinta y tres centésimos); E) Toros y bueyes sanos N$ 2.20 (nuevos pesos dos con veinte centésimos; F) Toros y bueyes de rechazo N$ 2.02 (nuevos pesos dos con dos centésimos).