Decreto Ley10211·1942

INSTITUTO TECNICO FORENSE. FACULTADES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/08/1942

Fecha de publicación

26/08/1942

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Sustitúyese el Item 14.03 del Presupuesto General de Gastos, -Instituto Técnico Forense- por el siguiente: ITEM 14.03 INSTITUTO TECNICO FORENSE Vigente Proyectado $ $ 1 Director Médico - Legista, Asesor de la Suprema Corte de Justicia y de los Tribunales 5.280.00 7.800.00 1 Jefe Subdirector del Instituto 3.840.00 1 Subdirector (al vacar Subdirector Médico - Legista), Jefe de División 4.560.00 1 Secretario 1.080.00 1 Secretario General 2.160.00 1 Jefe Médico Especializado Encargado de las Pericias Psiquiátricas 2.400.00 1 Jefe de División 3.840.00 3 Subjefes de División (uno Especializado en Psiquiatría) a $ 2.880.00 c/u. 8.640.00 1 Encargado de la Morgue, Médico Especializado en Autopsias 2.880.00 1 Médico General de Certificación 1.920.00 1 Oficial 1º. Encargado del Archivo Dactiloscópico 2.160.00 1 Oficial 1º. 2.400.00 1 Oficial Encargado del Archivo Patronímico 1.920.00 1 Oficial 2º. 2.160.00 1 Encargado de Sección 2.160.00 1 Encargado del Laboratorio de Fotografía y Radiología 1.440.00 1 Encargado de Laboratorio (Técnico titulado) 1.680.00 1 Auxiliar Dactilóscopo 960.00 1 Auxiliar Archivero 960.00 1 Auxiliar de Despacho 960.00 2 Auxiliares 1ºs a $ 1.440.00 cada uno 2.880.00 4 Auxiliares 2ºs (Taqui-Dactilógrafos) a $ 1.200.00 c/u 4.800.00 4 Auxiliares 3ºs a $ 1.080.00 c/u 4.320.00 3 Auxiliares 4ºs a $ 900.00 c/u 2.880.00 1 Inspector 2.400.00 1 Ayudante de Inspector 840.00 Personal de Servicio - 1 Ordenanza 840.00 1 Conserje 1.200.00 3 Porteros a $ 960.00 c/u 2.880.00 2 Peones de Limpieza a $ 720.00 cada uno 1.440.00 Total de sueldos 21.840.00 63.840.00 Gastos generales de oficina 1.296.00 Para gastos generales de oficina: alquiler de casa, luz, limpieza, material de laboratorio, etc. 8.400.00 23.136.00 72.240.00 Aumento de este Item 49.104.00 (*)

Artículo 2Artículo 2

Los cambios de denominación en los cargos, que se originen por la aplicación del artículo anterior, no afectarán la actual situación presupuestal de los funcionarios dependientes de dicho Instituto.

Artículo 3Artículo 3

El Instituto Técnico Forense tendrá como finalidad esencial, el asesoramiento de la justicia en materia penal, pero podrá evacuar también pericias en materia civil cuando las autoridades competentes se lo soliciten. (*)

Artículo 4Artículo 4

Se destina la suma de quince mil pesos (pesos 15.000.00) por una sola vez para instalaciones, pago de instrumental, etc.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y pase a la Contaduría General de la Nación, a sus efectos.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

  • Ninguna registrada.

Esta norma es afectada por

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de agosto de 1942Promulgación (10211)
  2. 26 de agosto de 1942Publicación (10211)
  3. 30 de noviembre de 1960Deroga (12804)